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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Ministerio de Transporte ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 134/2016

Resolución N° 133/2016. Rectificación.

Bs. As., 09/06/2016

VISTO el Expediente N° 0066976/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 133 de fecha 8 de junio de 2016 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se estableció ad referéndum de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la transferencia a EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.) a partir de la CERO (0) hora del día 1° de agosto de 2016, del personal civil dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) que presta servicios en comisión en la DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE TRANSITO AÉREO de la FUERZA AÉREA ARGENTINA.

Que por el artículo 2° se estableció que los trabajadores alcanzados por el Artículo 1° que optaren por no ser transferidos deberán comunicar expresamente su negativa a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) dentro de los DIEZ (10) días corridos, agregando que dicha expresión de voluntad deberá ser materializada mediante Telegrama Laboral conforme el texto obrante en el documento denominado “EJERCICO DE OPCIÓN” que como Anexo forma parte integrante de la resolución aprobada.

Que en el anexo aprobado por el artículo 2° se consignó como domicilio de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) la Avenida Paseo Colón N° 1460, C1063ADO, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que resulta necesario rectificar el domicilio consignado, sin que ello altere lo sustancial de la resolución mencionada.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 1991).

Por ello,

EL MINISTRO
DE TRANSPORTE
RESUELVE:

Artículo 1° — Rectifíquese el Anexo aprobado por el Artículo 2° de la Resolución N° 133 de fecha 8 de junio de 2016 del MINISTERIO DE TRANSPORTE de manera que donde dice: “Avenida Paseo Colón N° 1460, C1063ADO, Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, debe leerse: “Avenida Paseo Colón N° 1452, C1063ADO, Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Guillermo Dietrich.

Fecha de publicación 10/06/2016