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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 5969/2016

Ref.: Circular CONAU 1 - 1164. Normas Mínimas sobre Auditorías Externas para Casas y Agencias de Cambio. Modificaciones.

06/05/2016

ANEXO

A LAS CASAS Y AGENCIAS DE CAMBIO:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles la inclusión del punto 9 en el Anexo I de las Normas de la referencia.
9. Baja del Registro de Auditores
Los profesionales que durante un período de 6 años no emitan ningún tipo de informe sobre estados contables presentados al Banco Central de la República Argentina serán dados de baja del Registro de Auditores. Una vez concretada la baja, la reinscripción de los profesionales a dicho Registro estará supeditada a la presentación de una nueva solicitud y a la verificación de los requisitos de inscripción dispuestos en los puntos 1. y 2. del presente Anexo.
Además, se aclara que, como excepción, los auditores que a la fecha de emisión de la presente no cumplan con el requisito de permanencia en el registro, podrán solicitar su continuidad en el mismo dentro de los 30 días hábiles siguientes a esa fecha. A tal efecto, deberán presentar una nota por escrito a la Gerencia de Control de Auditores, manifestando los motivos por los cuales no han presentado informes ante este Banco Central en los últimos 6 años y las causas que justifican su petición, a efectos de su evaluación por parte de este Banco Central. Cumplido dicho plazo, se procederá a la aplicación de la nueva disposición.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
RODRIGO J. DANESSA, Gerente de Régimen Informativo. — ESTELA M. DEL PINO SUÁREZ, Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros.

e. 29/06/2016 N° 43790/16 v. 29/06/2016

Fecha de publicación 29/06/2016