MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 156/2016
Bs. As., 23/06/2016
VISTO el Expediente N° S02:0033883/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las Leyes N° 24.156 y N° 27.198 y sus modificatorios, los Decretos Nros. 971 de fecha 6 de mayo de 1993, N° 13 del 10 de diciembre de 2015, N° 8 del 4 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, en sus Artículos 100 y 102, establece la creación y las funciones de las Unidades de Auditoría Interna en cada Jurisdicción y en las entidades que dependen del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que en virtud de lo normado por la citada Ley N° 24.156, se dictó el Decreto N° 971 de fecha 6 de mayo de 1993 y sus normas complementarias y modificatorias, en cuyo Artículo 1° se establece la creación del cargo extraescalafonario de Auditor Interno en aquellas Jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional en las que tenga vigencia el entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESIÓN ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) actual SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.).
Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2016.
Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por su parte el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016 aprobó una nueva conformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel A, Grado 10, Función Ejecutiva I, correspondiente al de Auditor Interno de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del citado Ministerio.
Que a fin de dar cumplimiento a lo establecido por el Decreto N° 971 de fecha 6 de Mayo de 1993, resulta necesario que el MINISTRO DE TRANSPORTE designe al Contador Diego Conrado ESTÉVEZ (D.N.I. N° 22.549.073), en el cargo de Auditor Interno a cargo de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE TRANSPORTE creada por el Decreto N° 8/2016, quien reúne las condiciones de idoneidad, solvencia técnica y experiencia necesarias para su desempeño.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, en su condición de organismo rector del sistema de control interno, mediante la Nota SIGEN N° 0561/2016 - GCIA, de fecha 28 de enero de 2016, informó que como consecuencia del análisis practicado sobre la documentación presentada, el profesional propuesto reúne el perfil pautado para el desempeño del cargo de Auditor Interno.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que se ha dado cumplimiento a la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por los artículos 4° del Decreto N° 971 del 6 de mayo de 1993, y 102 del Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Dase por designado, con carácter transitorio, a partir del 1° de marzo de 2016, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Contador Diego Conrado ESTÉVEZ (D.N.I. N° 22.549.073), en el cargo extraescalafonario AUDITOR INTERNO titular de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, Nivel A, Grado 10, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva I del Convenio Colectivo de Trabajo del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27.198.
ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las especificas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 57 - MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. GUILLERMO DIETRICH, Ministro de Transporte de la Nación.
e. 05/07/2016 N° 47275/16 v. 05/07/2016
Fecha de publicación 05/07/2016