BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 5985/2016
Ref.: Circular CONAU 1 - 1167. Distribución de resultados. Adecuaciones.
09/06/2016
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“1. Derogar el segundo acápite del segundo párrafo de la Sección 3. de las normas sobre “Distribución de resultados”, que refiere a un incremento del 75% en la exigencia de capital recalculada —verificación de solvencia—.
2. Dejar sin efecto los puntos 7.3., 7.4. y 7.5., y el segundo párrafo de la Sección 5., de las normas sobre “Distribución de resultados”.
3. Sustituir el primer párrafo del punto 1.5. de las normas sobre “Distribución de resultados” por lo siguiente:
“Registren sanciones de multa —superiores al 25% (veinticinco por ciento) de la última responsabilidad patrimonial computable informada—, o de inhabilitación, suspensión, prohibición o revocación impuestas en los últimos cinco (5) años por el Banco Central de la República Argentina, la Unidad de Información Financiera (UIF), la Comisión Nacional de Valores (CNV) y/o la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) que se ponderen como significativas, excepto cuando se hayan implementado medidas correctivas a satisfacción de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, previa consulta, de corresponder, al organismo que haya impuesto la sanción que sea objeto de ponderación.”
Por último, les señalamos que posteriormente se difundirán las hojas que corresponde reemplazar en el ordenamiento de la referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
DARÍO C. STEFANELLI, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — AGUSTÍN TORCASSI, Subgerente General de Normas.
e. 11/07/2016 N° 46746/16 v. 11/07/2016
Fecha de publicación 11/07/2016