ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Disposición 212/2016
Asunto: Delegación de Facultades. Representación legal de la AFIP ante el Registro Nacional de Precursores Químicos.
Bs. As., 04/07/2016
VISTO la Actuación SIGEA N° 12119-11-2016 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 44 de la Ley N° 23.737 establece, para todos aquellos que produzcan, fabriquen, preparen, exporten o importen sustancias o productos químicos autorizados y que por sus características o componentes, puedan ser derivados ilegalmente para servir de base o ser utilizados en la elaboración de estupefacientes, la obligación de inscribirse en el registro especial.
Que el Artículo 3° del Decreto N° 1095, de fecha 26 de septiembre de 1996, texto sustituido por el Artículo 4° del Decreto N° 1161 de fecha 6 de diciembre de 2000, dispone que las personas físicas o de existencia ideal y, en general, todos aquellos que bajo cualquier forma y organización jurídica, tengan por objeto o actividad, producir, fabricar, preparar, elaborar, reenvasar, distribuir, comercializar por mayor y/o menor, almacenar, importar, exportar, transportar, trasbordar, y/o realizar cualquier otro tipo de transacción, tanto nacional como internacional de las sustancias incluidas en las Listas I y II del Anexo I, deberán, con carácter previo al inicio de cualquiera de dichas operaciones, inscribirse en el registro especial a cargo del Registro Nacional de Precursores Químicos, dependiente del Ministerio de Seguridad que actuará como autoridad de aplicación.
Que la Resolución N° 979/2008 (SEDRONAR) creó dentro del citado Registro Nacional, la subcategoría INGREDIENTES FARMACÉUTICOS ACTIVOS (IFA), en la que deberán inscribirse todos los operadores de las sustancias enumeradas en el artículo 1° de dicha Resolución.
Que, a los fines de reempadronar al instituto Técnico de Examen de Mercaderías (I.T.E.M.) de este Organismo en el Registro Nacional de Precursores Químicos, en la subcategoría IFA (Res. 979/08), así como también realizar las tareas necesarias para el impulso de los trámites y expedientes en dicho ámbito, se estima conveniente efectuar la delegación de tales facultades de representación en el Director General de Aduanas.
Que por Disposición N° 570/2015 (AFIP), del 14 de diciembre de 2015, se designó al Licenciado Juan José GOMEZ CENTURIÓN en el carácter de Director General de la Dirección General de Aduanas.
Que en virtud de lo señalado corresponde dejar sin efecto la delegación establecida mediante la Disposición N° 202/15 (AFIP).
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997 y sus modificatorios y complementarios.
Por ello;
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Deléguese en el Licenciado Juan José GOMEZ CENTURIÓN, DNI N° 12.522.145, la representación de esta Administración Federal ante el Registro Nacional de Precursores Químicos del Ministerio de Seguridad, a fin de inscribir en la subcategoría IFA (Res. 979/08) al Instituto Técnico de Examen de Mercaderías (I.T.E.M.) de este Organismo, así como también para realizar las tareas necesarias para el impulso de los trámites y expedientes en dicho ámbito.
ARTÍCULO 2° — Déjese sin efecto la Disposición 202/15 (AFIP).
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. ALBERTO ABAD, Administrador Federal, Administración Federal de Ingresos Públicos.
e. 11/07/2016 N° 47394/16 v. 11/07/2016
Fecha de publicación 11/07/2016