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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 435/2016

Acta N° 1428 Expediente ENRE N° 42.927/2015

Bs. As., 06/07/2016

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Hacer lugar al Recurso de Reconsideración interpuesto por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.) y dejar sin efecto la Resolución ENRE N° 437/2015 sobre la base de lo expresado en los Considerandos del presente acto. 2.- Disponer que a los efectos de la vinculación del nuevo transformador de 220/33/13.2 kV. al Sistema Argentino de Interconexión (SADI), la YCRT - CENTRAL TERMOELECTRICA RIO TURBIO se desempeñará como Prestador Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) de TRANSPA S.A. por medio del siguiente equipamiento: i) la barra de 220 kV de la CENTRAL TERMICA RIO TURBIO (CTRT), ii) el interruptor de salida de la LAT 220 kV a E.T. Esperanza en la barra de 220 kV (Bahía N° 6) y el interruptor de conexión del transformador en la barra de 220 kV. (Bahía N° 2) ubicada en el predio de la CTRT. 3.- Disponer que, en cumplimiento de la función asignada en el Artículo precedente, CTRT deberá realizar las tareas necesarias para la normal prestación del servicio, acordando con la Transportista troncal las condiciones técnico-económicas correspondientes, que se reflejarán en el Convenio de Conexión a firmar entre CTRT y TRANSPA S.A. a tales efectos. 4.- Establecer que a los efectos de la correcta conexión del Transformador de 220/33/13.2 kV en la E.T. de la CENTRAL TÉRMICA RIO TURBIO, el COMITENTE de la obra deberá en un plazo de TREINTA (30) días de comunicada la presente, iniciar a su exclusivo costo, la instalación del RTU (Sistema de Comunicación Remota) requerido por TRANSPA S.A. y por un plazo que no deberá exceder los TRESCIENTOS SESENTA (360) días de la mencionada comunicación. 5.- TRANSPA S.A. realizará la Operación y Mantenimiento del nuevo transformador de 220/33/13.2 kV. - 60 MVA en la CTRT para lo cual recibirá la remuneración establecida para el cargo por transformador de rebaje dedicado expresado en pesos por hora y por MVA de su cuadro tarifario vigente. 6.- TRANSPA S.A. recibirá del COMITENTE en concepto de supervisión, el TRES POR CIENTO (3%) determinado sobre el Costo establecido para la construcción del nuevo Transformador 220/33/13.2 kV. 7 - Notificar a TRANSPA S.A., a SERVICIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO (SPSE), a YCRT-CENTRAL TÉRMICA RÍO TURBIO (CTRT), al COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PAEA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (CAF), a la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA). Firmado: Vocal Tercero Ing. Ricardo Sericano - Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone. — Dra. MA. GRACIELA ANDINA SILVA DE ALFANO, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 11/07/2016 N° 48440/16 v. 11/07/2016

Fecha de publicación 11/07/2016