CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES
Decreto 837/2016
Desígnase Director del Observatorio de la Discapacidad.
Bs. As., 07/07/2016
Visto la Ley 27.198, los Decretos N° 1101 del 10 de julio de 1987, N° 984 del 18 de junio de 1992 y modificatorios, N° 357 del 21 de febrero de 2002, N° 806 del 14 de junio de 2011, N° 227 del 20 de enero de 2016, Resolución CNCPS N° 5 del 20 de enero de 2016, y lo solicitado por el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley citada en el Visto, se aprobó el Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio del año 2016.
Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el artículo 10 de la Ley N° 27.198, se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que mediante el Decreto N° 1101/87 se creó la entonces COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS DISCAPACITADAS (CONADIS) con dependencia directa del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que por Decreto N° 984/92 se aprobó la estructura organizativa de la ex COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS DISCAPACITADAS (CONADIS).
Que por el artículo 4° del Decreto N° 357/02 se procedió a la creación del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, transfiriendo al mismo la entonces COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS DISCAPACITADAS (CONADIS).
Que por conducto del Decreto N° 806/11 se procedió, por medio de su artículo 1°, a modificar la denominación de la Comisión citada precedentemente, y mediante el artículo 3°, a la creación del OBSERVATORIO DE LA DISCAPACIDAD en el ámbito de la COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, con los cometidos generar, difundir, actualizar y sistematizar la información que se recopile de las distintas fuentes, tanto públicas como privadas, en la materia y efectuar el seguimiento de la aplicación y cumplimiento en los distintos ámbitos, de las cláusulas de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, ratificada por la Ley N° 26.378.
Que mediante el artículo 4° del Decreto precitado, se estableció asimismo, que el OBSERVATORIO DE LA DISCAPACIDAD estará a cargo de un Director, de carácter extraescalafonario, con una remuneración equivalente al Nivel A Grado 8 del Sistema Nacional Empleo Público (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098/08, que será designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del Presidente de la COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD y previa aprobación del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por Resolución CNCPS N° 5/16 se aceptó la renuncia presentada por la Dra. María José LUBERTINO BELTRAN (D.N.I. N° 13.735.378) al cargo de Directora del Observatorio de la Discapacidad de la COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONADIS), a partir del 10 de diciembre de 2015.
Que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4° del Decreto N° 806/11, el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES aprobó la propuesta de designación en el cargo de marras del señor Raúl Bernardino LUCERO (D.N.I. N° 13.985.056).
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.198 y lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — Desígnase al señor Raúl Bernardino LUCERO (D.N.I. N° 13.985.056), a partir del 01 de enero de 2016, con carácter extraescalafonario, en el Cargo Nivel A - Grado 8 del SINEP de Director del OBSERVATORIO DE LA DISCAPACIDAD de la COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONADIS), del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198.
ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20-16 - CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — P/P MICHETTI. — Marcos Peña.
Fecha de publicación 11/07/2016