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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Decreto 842/2016

Desígnase Secretario de la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares.

Bs. As., 11/07/2016

VISTO el expediente CUDAP N° 2001/16 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y la Ley N° 23.351, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente de referencia se solicita la designación del Licenciado Guido MARCHISIO como Secretario de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES en jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA.

Que los antecedentes académicos, profesionales e institucionales del postulante se ajustan a los requerimientos establecidos por la citada Ley y acreditan la suficiente experiencia en el ámbito de la educación y la cultura.

Que el artículo 9° de la Ley N° 23.351 determina que el Secretario de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES debe ser designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que es necesario proceder a la designación del profesional propuesto por el organismo de origen.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, de conformidad con lo establecido en los artículos 9° y 10 de la Ley N° 23.351.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Desígnase Secretario de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, en jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA, al Licenciado Guido MARCHISIO (D.N.I. N° 27.514.151), por un período de ley, a partir del día 8 de mayo de 2016.

ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto del año en curso asignado a la Jurisdicción 72 - Programa 40, inciso 1, Fuente de Financiamiento 11.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Alejandro P. Avelluto.

Fecha de publicación 12/07/2016