ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 4155/2016
21/06/2016
DECLÁRASE la baja de la Firma denominada MENSAJERÍA ALEJANDRÍA S.R.L. del SUBREGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE MENSAJERÍA, operada de pleno derecho a contar del día 1° de octubre de 2015, en razón de que la misma no acreditó dentro del plazo previsto el pago del Derecho a Inscripción Anual y de los restantes requisitos establecidos en el Decreto N° 1.187/93 y sus modificatorios, para mantener su inscripción. INTÍMASE a la Empresa MENSAJERÍA ALEJANDRÍA S.R.L. a cesar en forma inmediata la prestación de servicios de MENSAJERÍA URBANA, bajo apercibimiento de la aplicación de la sanción prevista en el Artículo 3° de la Resolución N° 007 CNCT/96. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 13/07/2016 N° 48126/16 v. 13/07/2016
Fecha de publicación 13/07/2016