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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PERSONAL MILITAR

Decreto 849/2016

Nómbrase en Misión Permanente, Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico.

Bs. As., 13/07/2016

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el Estado Nacional y las Fuerzas Armadas, mantener las Agregadurías de Defensa a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad entre las Fuerzas Armadas de la región pertinente.

Que es necesario proceder al relevo del Personal Militar Superior de las Fuerzas Armadas que cumple funciones en el exterior como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Comodoro D. Fernando Luis MENGO para desempeñarse como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE con extensión sobre IRLANDA.

Que la Asesoría Jurídica del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 10 de la Ley N° 20.957 del Servicio Exterior de la Nación y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Nómbrase en “misión permanente” y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, dentro de los SESENTA (60) días de la firma del presente Decreto, al Comodoro D. Fernando Luis MENGO (D.N.I. N° 16.941.723) como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE con extensión sobre IRLANDA.

ARTÍCULO 2° — El ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA (Dirección General de Administración Financiera), procederá a liquidar y abonar los montos correspondientes, conforme a las normas y reglamentaciones en vigencia, a efectos de cumplir con la designación establecida.

ARTÍCULO 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas del Presupuesto General de la Administración Nacional del Ejercicio 2016 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos - Subdirección 4523 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA.

ARTÍCULO 4° — Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgarán los pasaportes correspondientes.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra. — Julio C. Martínez.

Fecha de publicación 14/07/2016