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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 968/2016

Bs. As., 07/07/2016

VISTO el Expediente N° 1-2002-13083/01-2 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto N° 1289 de fecha 15 de octubre de 2001, la Resolución N° 4 de fecha 8 de mayo de 1998 del GRUPO MERCADO COMÚN del MERCOSUR, la Resolución N° 815 de fecha 9 de agosto de 2004 del ex MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE y la Resolución N° 620 de fecha 19 de junio de 2008 del MINISTERIO DE SALUD; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 4 de fecha 8 de mayo de 1998 del GRUPO MERCADO COMÚN del MERCOSUR se aprobó la “Pauta Negociadora del Subgrupo de Trabajo N° 11 Salud”.

Que por Resolución N° 620 de fecha 19 de junio de 2008 del MINISTERIO DE SALUD, se designó a los funcionarios que coordinaban las actividades del Subgrupo de Trabajo N° 11 “Salud”.

Que atento al cambio de autoridades operado en este Ministerio, dichos funcionarios han cesado en sus funciones.

Que por tal motivo se hace necesario designar a los funcionarios que coordinarán las actividades del Subgrupo de Trabajo N° 11 “Salud”.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios - T.O. 1992, modificada por su similar Ley 26.338.

Por ello,

EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Déjese sin efectos la Resolución N° 620 de fecha 19 de junio de 2008 del MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 2° — Desígnese como Coordinador Nacional del Subgrupo de Trabajo N° 11 “SALUD” del GRUPO MERCADO COMÚN del MERCOSUR al Señor Secretario de Relaciones Nacionales e Internacionales, Dr. RUBEN AGUSTIN NIETO y como Coordinadora Alterna a la Señora Subsecretaria de Relaciones Institucionales, Dra. MIGUELA MARIA PICO.

ARTÍCULO 3° — El desempeño de los funcionarios designados en el ARTÍCULO 2° de la presente, será sin perjuicio de las funciones que actualmente realicen.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese a la SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA AMERICANA Y MERCOSUR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y a las Coordinaciones Nacionales del resto de los Países Miembros.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JORGE DANIEL LEMUS, Ministro de Salud.

e. 14/07/2016 N° 48848/16 v. 14/07/2016

Fecha de publicación 14/07/2016