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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 438/2016

Acta N° 1429 Expediente ENRE N° 44.027/2015

Bs. As., 14/07/2016

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL COMAHUE TRANSCOMAHUE SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSCO S.A.) en la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 544.860,64) por incumplimiento de lo dispuesto en el Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones de la Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Comahue, contenido en Subanexo B del Contrato de Concesión, durante el período comprendido desde abril 2015 a septiembre 2015 inclusive, cuyo detalle, duración y montos de penalización se efectúa en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 22/53. 2.- Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para que aplicando las sanciones previstas en el Artículo 1, efectúe el descuento correspondiente a equipamientos de líneas, transformación, salidas y reactivos, sobre la liquidación de venta de TRANSCO S.A., de conformidad con el detalle efectuado en el Anexo VIII del Informe Técnico y Legal antes citado (fojas 52), ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 8 del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo, y de conformidad con las proporciones detalladas en el Anexo IX al informe Técnico y Legal (fojas 53). 3.- Instruir a CAMMESA para que informe al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD cuando complete la liquidación a favor de TRANSCO S.A. de la totalidad de los ingresos determinados en el Acuerdo Instrumental para el período semestral abril 2015 a septiembre 2015. 4.- Publicar la presente Resolución en la página Web del ENRE, conjuntamente con los Anexos de fojas 22/53. 5.- Notifíquese a CAMMESA y a TRANSCO S.A. con copia de la presente Resolución y de los Anexos de fojas 22/53. Hágase saber a esta última que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN) N° 1.759/1972 (Texto Ordenado en 1991), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, como así también, (ii) en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley N° 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos, y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el Artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores. Firmado: Vocal Tercero Ing. Ricardo Sericano - Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone. — Dra. MA. GRACIELA ANDINA SILVA DE ALFANO, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 18/07/2016 N° 50992/16 v. 18/07/2016

Fecha de publicación 18/07/2016