ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
EDICTO N°
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1°: Archivar la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería de los ítems del Acta Lote “.... “en los términos de la citada Instrucción N° 02/07 a la acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo deberá tenerse en cuenta que para entregar la mercadería deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ley 26184 respecto de las pilas que contiene la mercadería, asimismo en el supuesto que no se cumplan los requisitos mencionados precedentemente, se procederá conforme la normativa establecida por la Sección V Título II de la Ley N° 22415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos.. Asimismo, en caso de corresponder deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota externa N° 57/07. Fdo.: Abog. Marta Gonzalez Avalos, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE | IMPUTADO | ACTA N° | RESOLUCIÓN |
13693-422-2011 | PEDRO NESTOR LABORDA (CUIT: 20-07620189-8) | Acta Lote N° 11001ALOT0000389E | 291/16 |
Abog. MARCOS M. MAZZA, Jefe División (Int.) Secretaría N° 2 (DE PRLA).
e. 19/07/2016 N° 51289/16 v. 19/07/2016
Fecha de publicación 19/07/2016