MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
EDICTO:
“La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica hace saber a la firma MEDIGLOVE S.R.L., que por Disposición ANMAT N° 1938/15, el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Dispuso: ARTÍCULO 1°.- Cancélese los certificados PM detallados en el Anexo I de la presente Disposición, Propiedad de la firma MEDIGLOVE S.R.L., de acuerdo lo dispuesto por Artículo 8°, inciso a) de la Ley N° 16.463. ARTÍCULO 2°.- Regístrese; gírese a la Dirección de Gestión de Información para su conocimiento y demás efectos; por Mesa de Entradas de la Dirección de Productos Médicos, notifíquese al interesado y hágase entrega de la copia de la presente Disposición; cumplido, archívese.”. Expediente N° 1-47-10387/12-6. Disposición ANMAT N° 1938/15. — Dr. CARLOS CHIALE, Administrador Nacional, A.N.M.A.T.
e. 18/07/2016 N° 50109/16 v. 20/07/2016
Fecha de publicación 20/07/2016