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3 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

CODIGO ADUANERO (LEY 22.415)
EDICTO N°
Se le hace saber a la firma PORTOLAN COMMERCE SOLUTIONS SA (CUIT N° 30-70445053-9) que en la actuación 14829-13-2011, que tramita por ante el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, División Secretaría de Actuación N° 3, se le imputa la presunta comisión de la infracción prevista y penada por el art. 954 inc. C) del Código Aduanero, citándolo para que dentro de los 10 días de notificado comparezca a los efectos de evacuar defensas y ofrecer pruebas, bajo apercibimiento de rebeldía (Arts. 1.101 al 1105 del citado texto legal). Se le informa que en caso de debatirse o plantearse cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado. Téngase presente que deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de este Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados de esta Oficina Aduanera en la forma prevista en el artículo 1.013 inc. g) del Código Aduanero, ello conforme lo dispuesto en el artículo 1.004 de la citada normativa legal. Finalmente, se le/s hace saber que si dentro del plazo para contestar la vista realiza/n el pago voluntario de la multa mínima, cuyo importe asciende a la suma de PESOS VEINTE MIL CIENTO NOVENTA CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 20.190,24) se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará antecedente (Arts. 930 y 932 del Código Aduanero).- AUTO de fecha 16-12-2013. — Abogado CARLOS S. CAZZOLATO, Firma Responsable, Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 21/07/2016 N° 51763/16 v. 21/07/2016

Fecha de publicación 21/07/2016