Edición del
25 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Decisión Administrativa 761/2016

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, para el Ejercicio 2016.

Bs. As., 27/07/2016

VISTO el Expediente N° S01:0034451/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por el Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones, la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 y la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 19 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por el Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones, creando, entre otros, el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, a través del artículo 23 nonies, el que absorbió las funciones de diversas áreas del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, con competencia en cuestiones inherentes a la política nacional en materia de Energía y Minería.

Que por el Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, (modificatorio del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002), se incorporó a los Anexos I - Organigrama y II - Objetivos, del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, como Apartado XXVIII, la parte correspondiente al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, transfiriéndose a su órbita la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA, que pasó a denominarse SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y la SECRETARÍA DE MINERÍA.

Que, asimismo, a través del artículo 10 de la norma citada precedentemente, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que por el artículo 11 de dicha norma se aprobaron las Responsabilidades Primarias y Acciones de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y de las unidades organizativas que conforman la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, ambas del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que en esta instancia resulta necesaria la incorporación de diversas unidades al ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA y la aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo de las restantes Subsecretarías y Secretarías del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, como asimismo, incorporar, homologar, reasignar y derogar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 16, inciso 29, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por el Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en el artículo 6° de la Ley Nº 27.198.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA para el Ejercicio 2016, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2016-00413917-APN-MEM) al presente artículo, las que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º — Incorpóranse a la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, aprobada por el artículo 11 del Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, la Dirección de Préstamos con Organismos Internacionales, la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas, la Dirección de Relaciones Institucionales, la Dirección de Sumarios, la DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE GESTIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA, de conformidad con el Organigrama y Responsabilidades Primarias y Acciones que obran en Planilla Anexa (IF-2016-00413922-APN-MEM) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA TARIFARIA, de la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS, de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO y de la SECRETARÍA DE MINERÍA, todas ellas dependientes del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, de acuerdo con los Organigramas y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I, (IF-2016-00413870-APN-MEM), Ia (IF-2016-00413882-APN-MEM), Ib (IF-2016-00413887-APN-MEM), Ic (IF-2016-00413895-APN-MEM), Id (IF-2016-00413902-APN-MEM), y II (IF-2016-00413908-APN-MEM) forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4º — Facúltase al titular del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por la presente medida, la que deberá prever un máximo de DOS (2) Auditorías Adjuntas, CUATRO (4) Responsables de Auditoría, DOS (2) Subdirecciones Generales, CUARENTA Y CINCO (45) Direcciones y CINCUENTA Y SEIS (56) Coordinaciones del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificaciones, las que a través del acto de aprobación serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III (Dirección) y IV (Coordinación).

ARTÍCULO 5º — Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, según el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2016-00413928-APN-MEM) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 6º — Facúltase al titular del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados y aprobados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.

ARTÍCULO 7º — Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente Decisión Administrativa, conservarán su vigencia las aprobadas, con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 8° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Juan J. Aranguren.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º
PRESUPUESTO 2016
JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
PROGRAMA: 01 - ACTIVIDADES CENTRALES


CARGO O CATEGORÍA
CARGOS
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2.098/08
D- 33
E- 1
A+ 14
B+ 20
Subtotal Escalafón0
TOTAL PROGRAMA0


PRESUPUESTO 2016
JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
PROGRAMA: 32 - FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA GEOLÓGICO - MINERA


CARGO O CATEGORÍA
CARGOS
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2.098/08
C- 9
D- 1
E- 1
B+ 11
Subtotal Escalafón0
TOTAL PROGRAMA0


PRESUPUESTO 2016
JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
PROGRAMA: 73 - FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE POLÍTICA DE HIDROCARBUROS


CARGO O CATEGORÍA
CARGOS
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2.098/08
B- 2
D- 2
A+ 4
Subtotal Escalafón0
TOTAL PROGRAMA0


PRESUPUESTO 2016
JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
PROGRAMA: 74 - FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE POLÍTICA DE ENERGÍA ELÉCTRICA


CARGO O CATEGORÍA
CARGOS
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2.098/08
C- 3
D- 1
B+ 4
Subtotal Escalafón0
TOTAL PROGRAMA0


PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE PRÉSTAMOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Intervenir en la formulación, gestión, supervisión, monitoreo y evaluación de los programas y proyectos con financiamiento multilateral que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ACCIONES:
1. Orientar y coordinar con las áreas competentes la gestión de los programas y proyectos de cooperación técnico financiera del Ministerio, respecto de los programas y proyectos con financiamiento externo.
2. Controlar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el Ministerio y las Agencias y Organismos Internacionales, de aplicación en el ámbito nacional, provincial, municipal y de Organismos Descentralizados y Autónomos, en el ámbito de su competencia.
3. Vincular los programas y proyectos internacionales con los programas estables y permanentes de la estructura del Ministerio, en los aspectos sustantivos, estimulando la comunicación, la interacción y el intercambio.
4. Evaluar la oportunidad y conveniencia del desarrollo y gestión de nuevos programas y proyectos internacionales, de competencia del Ministerio.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Gestionar la recepción y salida de la documentación administrativa del Ministerio y la proveniente de otras jurisdicciones, recibiendo y despachando la documentación de particulares.
Efectuar el registro y archivo de la documentación de la Jurisdicción.
ACCIONES:
1. Coordinar la recepción, registro, tramitación y comunicación de expedientes y proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones del Ministro y de los Secretarios y disposiciones de los Subsecretarios, así como toda la documentación destinada al Ministro.
2. Coordinar el giro de la documentación a las distintas unidades conforme la responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas, controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.
3. Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar al Subsecretario de Coordinación Administrativa cuando éste lo requiera.
4. Brindar información a quienes acrediten condición de parte acerca del estado de tramitación de expedientes y proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones del Ministro y de los Secretarios y disposiciones de los Subsecretarios.
5. Otorgar vistas.
6. Elaborar planillas de seguimiento y control de gestión administrativa de los trámites para información del Ministro y Secretarios.
7. Autenticar las firmas de funcionarios del Ministerio.
8. Efectuar el seguimiento y control de los trámites administrativos de la Jurisdicción y determinar la unidad o unidades de la Jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en los mismos.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Subsecretario de Coordinación Administrativa en la evaluación, seguimiento y verificación de los planes, programas, proyectos y acciones, proponiendo los instrumentos necesarios que optimicen la gestión, promoviendo la coherencia y complementariedad de los mismos.
Asistir al Subsecretario de Coordinación Administrativa en el desarrollo de las relaciones institucionales del Ministerio con las diferentes áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL y con los Gobiernos Provinciales y Municipales.
ACCIONES:
1. Realizar la evaluación, seguimiento y control de los planes, programas, proyectos y acciones del Ministerio.
2. Proponer y coordinar con las distintas dependencias del Ministerio, la elaboración y ejecución de planes, programas, proyectos y acciones de su competencia.
3. Asistir al Ministro y al Subsecretario de Coordinación Administrativa en la articulación de las relaciones que se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, Provincial y Municipal y entidades sin fines de lucro y sector privado que actúan en el ámbito de su competencia.
4. Formular propuestas a fin de coordinar las acciones necesarias, para el desarrollo de las relaciones institucionales con organismos dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL y de los Gobiernos Provinciales y Municipales conjuntamente con las diferentes áreas del Ministerio.
5. Realizar los estudios y análisis necesarios que determinen la factibilidad y oportunidad de realización de los planes, programas, proyectos y acciones que le sean requeridos.
6. Proponer y ejecutar planes de comunicación y acciones de difusión para informar a la sociedad sobre las características y beneficios del ahorro, uso racional, responsable y eficiente de los recursos energéticos, coordinando dichas acciones con las distintas dependencias del Ministerio.
7. Asistir al Subsecretario de Coordinación Administrativa en el despacho de la información, en el marco del Decreto Nº 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 “Acceso a la información pública”.
8. Asistir a la Subsecretaría de Coordinación Administrativa en el mantenimiento y actualización de los contenidos de la página Web del Ministerio.
9. Proponer la aplicación de planes de comunicación y acciones de difusión en función de mérito, oportunidad y conveniencia.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Substanciar los sumarios administrativos y las informaciones sumarias ordenadas por autoridad competente de acuerdo con la normativa vigente.
ACCIONES:
1. Instruir los sumarios e informaciones sumarias que dispongan las autoridades o funcionarios competentes de la Jurisdicción, con el objeto de determinar la responsabilidad disciplinaria, exista o no perjuicio fiscal, de los agentes de la Jurisdicción alcanzados por las prescripciones del Reglamento de Investigaciones Administrativas vigente y normas concordantes, reglamentarias, complementarias y modificatorias.
2. Elaborar los instrumentos necesarios para que el funcionario competente formule las denuncias que correspondieren, en los casos en que se advierta la existencia de hechos que en principio, revistieren las características externas de delitos de acción pública.
3. Ejecutar las investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la instrucción de sumarios administrativos.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE GESTIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Controlar en el ámbito del Ministerio el cumplimiento de los procedimientos administrativos financieros reglamentados, así como realizar el seguimiento económico financiero de la gestión.
Controlar el cumplimiento de las metas económicas de las ejecuciones de obras y acuerdos de transferencias.
ACCIONES:
1. Intervenir en el análisis de la documentación en trámite conforme los procedimientos económicos financieros del Ministerio y organismos bajo la órbita del mismo.
2. Intervenir en el control del efectivo cumplimiento de las obligaciones del Ministerio en materia financiera o impositiva.
3. Controlar y analizar las memorias y balances de las Sociedades donde el Ministerio es tenedor de acciones.
4. Controlar la aplicación de las normas impositivas en relación a las Leyes Nros. 15.336, 23.681, 24.065, 26.020 y 25.565, esta última por lo dispuesto en su Artículo 74.
5. Intervenir en los procesos relativos a las rendiciones de cuentas de fondos transferidos a Provincias, Municipios y/o Entes en todas instancias en el marco de los programas existentes o que se creen en la Jurisdicción y controlar su efectivo cumplimiento de acuerdo a la normativa vigente.
6. Realizar el seguimiento de las rendiciones de cuenta llevadas a cabo por Provincias, Municipios y/o Entes y controlar la documentación presentada para realizar su aprobación, rechazo, revisión o solicitud de información complementaria a las autoridades competentes, tomando intervención en las transferencias de fondos realizadas en obras en ejecución.
7. Analizar y verificar Franquicias Hidroeléctricas, realizar el seguimiento de los reintegros de impuestos por obras eléctricas en conjunto con otras dependencias del ESTADO NACIONAL.
8. Gestionar la información para la rendición de fondos, respecto de las obras y de organismos receptores de los mismos.
9. Llevar adelante el control de la deuda en concepto del Recargo establecido por el Artículo 30 de la Ley N° 15.336, FONDO NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA, determinando la facturación que la Empresa COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) no ha percibido y por lo cual no ingresa el pago del impuesto de los agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Intervenir en todas las actuaciones relativas a la implementación y al uso de sistemas informáticos en el Ministerio.
Coordinar las acciones de seguridad informática del Ministerio.
ACCIONES:
1. Proponer las políticas de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, incluyendo la informática, las telecomunicaciones, la telefonía, las redes, los sistemas de información y las tecnologías asociadas, en la Jurisdicción.
2. Entender en la formulación, implementación y seguimiento de las políticas de las tecnologías de la información y las comunicaciones con la participación de los organismos descentralizados de la Jurisdicción, conforme a las normas vigentes en la Administración Pública Nacional.
3. Dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio.
4. Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción.
5. Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y estándares establecidos por la Administración Pública Nacional en el Ministerio en el ámbito de su competencia.
6. Entender en los aspectos relativos a la seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción, incluyendo el establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.
7. Conducir las actividades vinculadas al uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción.
8. Entender en los procesos de incorporación, modificación o eliminación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción.

ANEXO I

ANEXO Ia

ANEXO lb

ANEXO lc

ANEXO Id

ANEXO II
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA TARIFARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICA TARIFARIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en las acciones de monitoreo y seguimiento de precios o tarifas de servicios públicos vinculados al área energética.
ACCIONES:
1. Asistir al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en la determinación de los valores aplicables a la generación, distribución, consumo domiciliario, industrial y estatal de la energía eléctrica.
2. Proponer políticas tarifarias de fomento para la mejora y ampliación de la red de distribución de energía eléctrica en el ámbito nacional.
3. Intervenir en la elaboración de la política tarifaria aplicable a la producción, transporte y distribución de gas, asistiendo al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en las cuestiones relacionadas al mercado energético.
4. Asistir al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en el seguimiento de los valores que se deriven de la oferta y demanda tanto del gas natural, como del Gas Licuado de Petróleo (GLP), envasado o en redes, aplicables al consumo domiciliario y al industrial.
5. Asistir al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en el seguimiento de los valores que se deriven de la oferta y demanda del barril de petróleo como de sus derivados y del carbón mineral destinado a la generación de energía térmica.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA TARIFARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE FINANCIAMIENTO ENERGÉTICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en las acciones vinculadas con la política tarifaria en relación a los programas presupuestarios de financiamiento, respecto de los servicios públicos del área energética para los sectores que sean determinados por dichos programas.
ACCIONES:
1. Intervenir en la elaboración, propuesta y modificación de programas presupuestarios de financiamiento respecto de los servicios públicos vinculados al área energética.
2. Asistir al Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria en la identificación de mecanismos de transferencias y subsidios a los sectores carenciados de la sociedad en relación a los servicios públicos vinculados al área energética.
3. Realizar recomendaciones respecto de la política energética en relación a los programas presupuestarios de financiamiento que involucren a los servicios públicos del área energética.
4. Intervenir junto con otras áreas competentes del Ministerio a los fines de optimizar los recursos económicos destinados a programas presupuestarios que se encuentren bajo su competencia.
SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS
DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE HIDROCARBUROS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Efectuar los estudios pertinentes en materia de economía de los hidrocarburos integrando cada una de las etapas productivas, supervisando los aspectos económicos de las actividades del sector de hidrocarburos.
Asistir, en materia de análisis económico, financiero y contable, a las distintas áreas de la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS.
ACCIONES:
1. Participar, a través de la evaluación económico–financiera previa, respecto a cesiones de áreas y garantías de hidrocarburos.
2. Efectuar la evaluación económico–financiera previa, a efectos de autorizar la inscripción en los diversos registros sectoriales.
3. Administrar la información del down stream, precios del Gas Licuado de Petróleo (GLP) y exportaciones de gas y de la titularidad de áreas, escrituras y pagos de canon petrolero, de las áreas off-shore.
4. Asistir al Secretario de Recursos Hidrocarburíferos en materia de Integración Regional en temas de su competencia.
5. Efectuar los estudios e informes que resulten pertinentes en relación al desempeño económico de los mercados de combustibles líquidos y gas natural y atender las cuestiones económicas vinculadas a la regulación económica de servicios de transporte y distribución.
6. Coordinar las tareas tendientes a determinar las necesidades de importación de Gas Natural Licuado (GNL).
7. Coordinar la supervisión de los controles financieros pertinentes, en relación a la aplicación de regímenes especiales de precios y fondo fiduciario para consumos residenciales de combustibles.
8. Realizar las acciones conducentes a lograr el correcto pago del canon petrolero, teniendo en cuenta la información técnica y administrativa pertinente.
9. Participar en el análisis de tarifas reguladas de servicios de transporte por ductos y monoboyas.
10. Analizar e informar al Secretario de Recursos Hidrocarburíferos sobre el impacto en el sector de la política impositiva nacional, provincial y municipal y de la política arancelaria y paraarancelaria del sector hidrocarburífero.
11. Analizar e informar al Secretario de Recursos Hidrocarburíferos sobre el impacto económico de las políticas ambientales en el sector hidrocarburífero.
12. Asistir en la resolución de los recursos administrativos que se interpongan contra actos del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, en aspectos vinculados con el área.
SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS
SUBSECRETARÍA DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Implementar las acciones inherentes al control y fiscalización de las actividades de exploración y producción de hidrocarburos, en el marco de una explotación racional y sustentable de los recursos.
ACCIONES:
1. Proponer la normativa aplicable a los procesos licitatorios previstos para el otorgamiento de permisos de exploración y concesiones de explotación.
2. Evaluar las propuestas, proyectos y ofertas relativas a permisos de reconocimiento superficial, permisos de exploración y concesiones de explotación de hidrocarburos.
3. Administrar los registros, e intervenir en la operación de sistemas de información y bases de datos generados como consecuencia de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos.
4. Asistir en las tareas de fiscalización en el cumplimiento de obligaciones de permisionarios y concesionarios en materia de productividad e inversiones.
5. Proponer la normativa y/o su actualización en materia de exploración, explotación racional y protección ambiental y fiscalizar su cumplimiento.
6. Asistir en la fiscalización del cumplimiento de la normativa vigente en materia de certificación de reservas y recursos de hidrocarburos con su pertinente evaluación.
7. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de permisionarios de exploración y concesionarios de explotación en materia de deslinde y mensura de áreas y yacimientos, interviniendo en la determinación de las superficies sujetas al pago de cánones.
8. Asistir en el control y otorgamiento de servidumbres mineras.
9. Proponer sanciones ante incumplimientos a la normativa aplicable en materia de exploración y explotación.
SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS
SUBSECRETARÍA DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE Y MEDICIÓN DE HIDROCARBUROS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Impulsar el libre transporte de hidrocarburos, efectuando el seguimiento y control de la ejecución de los planes de transporte y las instalaciones de medición.
ACCIONES:
1. Proponer normativa en función de la regulación del almacenaje y del transporte de petróleo crudo y subproductos, así como controlar el cumplimiento del marco regulatorio vigente.
2. Asistir en la fiscalización del régimen de canon, superficiarios y expedición de servidumbres y las obligaciones de permisionarios y concesionarios en materia de pago de regalías.
3. Desarrollar y fiscalizar la estandarización y optimización de los sistemas de medición del petróleo y del gas producidos para la obtención de los datos de la producción en forma segura y eficiente, y la implementación de mecanismos para el control de la misma.
4. Asistir en la fiscalización del cumplimiento de las reglamentaciones en materia de medio ambiente, en el área de su competencia.
SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS
SUBSECRETARÍA DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Implementar las acciones inherentes al control y fiscalización de las actividades relacionadas con la refinación y comercialización de combustibles.
ACCIONES:
1. Efectuar el seguimiento de la ejecución de los planes y programas que se establezcan en materia de combustibles líquidos de acuerdo a la política nacional trazada en la materia
2. Participar en la implementación de programas y proponer normativa en el campo de la refinación y comercialización de combustibles.
3. Implementar acciones tendientes a evitar la evasión impositiva en el mercado de combustibles interactuando con los organismos competentes en la materia.
4. Administrar y mantener actualizados los registros correspondientes a empresas elaboradoras, comercializadoras, importadoras, exportadoras y bocas de expendio de combustibles líquidos.
5. Procurar el cumplimiento de las normas de seguridad en las instalaciones de elaboración, transformación, almacenamiento, despacho, expendio y transporte de combustibles líquidos.
6. Administrar y mantener actualizado el Registro de Auditoras de Seguridad habilitadas por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, supervisando el accionar de las mismas.
7. Realizar el control de calidad de los combustibles líquidos que se expendan en el país.
8. Proponer normativa en materia de especificaciones de combustibles líquidos.
SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS
SUBSECRETARÍA DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
DIRECCIÓN DE GAS LICUADO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Implementar las acciones inherentes al control y fiscalización de las actividades relacionadas con el Gas Licuado de Petróleo (GLP).
ACCIONES:
1. Asistir al abastecimiento del Gas Licuado de Petróleo (GLP) en todas las etapas de la cadena de valor del mismo.
2. Asistir en materia de seguridad y comercialización de GLP a granel y fraccionado.
3. Analizar y aprobar los aspectos de seguridad en proyectos vinculados con la actividad, en el área de GLP.
4. Administrar y mantener los registros de las certificaciones correspondientes a instalaciones, equipos, envases y elementos relacionados con el GLP.
5. Realizar inspecciones de control a las distintas instalaciones, evaluando y procesando las actas de las inspecciones realizadas.
6. Verificar el cumplimiento del pago de las multas aplicadas.
7. Realizar propuestas de normas técnicas y de control de la actividad.
8. Verificar la producción de GLP y las ventas al mercado interno y exportación, controlando el balance de las mismas.
9. Administrar el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo, y el Registro Nacional de Gas Licuado Automotor.
10. Verificar el cumplimiento de la normativa en materia de fabricación y reparación de envases.
11. Controlar y administrar las certificaciones realizadas por organismos certificantes en diversos aspectos del sistema.
SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS
SUBSECRETARÍA DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
DIRECCIÓN DE BIOCOMBUSTIBLES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Implementar las acciones inherentes al control y fiscalización de las actividades relacionadas con los biocombustibles.
ACCIONES:
1. Calcular y publicar precios de bioetanol y biodiesel siguiendo la metodología establecida a tal fin por la respectiva autoridad de aplicación.
2. Asignar cupos mensuales de volúmenes de venta y compra de bioetanol y biodiesel.
3. Implementar programas y proponer normativa sobre temática de biocombustibles, como corte mínimo, precios de adquisición, seguridad en planta, acuerdos de abastecimiento, especificaciones.
4. Controlar el cumplimiento de la normativa vigente para el sector, proponer y aplicar sanciones cuando corresponda.
5. Efectuar el análisis y seguimiento económico del sector, así como la publicación de estadísticas.
6. Realizar controles de abastecimiento de biocombustibles, logística y calidad.
7. Monitorear la seguridad en las plantas de elaboración e instalaciones de almacenamiento y despacho.
8. Efectuar inspecciones y aplicar sanciones cuando corresponda.
9. Llevar adelante el registro de inscripciones en el Registro de Empresas Petroleras por la elaboración de biocombustibles.
10. Llevar adelante inspecciones de capacidad productiva de elaboradoras de biocombustibles.
11. Analizar proyectos de instalación de nuevas plantas de elaboración de biocombustibles y/o ampliaciones de las existentes.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Definir y monitorear las metas de inserción de energías renovables en el país.
Analizar, evaluar, monitorear y fiscalizar los proyectos de inversión de energías renovables.
ACCIONES:
1. Intervenir en la elaboración y comunicación de políticas, planes y normativas aplicables en materia de energías renovables, realizando el seguimiento de su cumplimiento y asistiendo en la resolución de recursos administrativos aplicables.
2. Revisar la estructura contractual, legal y financiera de los proyectos existentes a la fecha, en coordinación con otras dependencias del Ministerio según corresponda.
3. Monitorear y dar seguimiento puntual a todos los aspectos de cada proyecto de energías renovables.
4. Diseñar, implementar y verificar el cumplimiento de la normativa y de los mecanismos atinentes a dar cumplimiento a las metas legales y/o acuerdos internacionales aplicables en cuanto a la incorporación de energías renovables a la matriz energética nacional.
5. Asistir en la puesta en marcha del RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES, del FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO DE ENERGÍAS RENOVABLES y del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL.
6. Elaborar los análisis de diagnóstico y las evaluaciones técnicas, económicas y financieras de los proyectos y del mercado de energías renovables.
7. Realizar estudios estadísticos y de mercado de energías renovables.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Promover el uso y la incorporación de diversas fuentes de energías renovables a la matriz energética nacional mediante programas de fomento, investigación científico tecnológica y estudios técnicos.
ACCIONES:
1. Impulsar la puesta en marcha de programas de investigación y aplicación de energías renovables a nivel nacional, procurando la adecuada diversificación geográfica y tecnológica.
2. Administrar programas de promoción de uso de energías renovables.
3. Asistir en la negociación, conformación y puesta en marcha de nuevos programas de promoción de energías renovables.
4. Asistir en la elaboración de políticas de largo plazo para el estudio, desarrollo y fomento de investigación aplicada en energías renovables.
5. Intervenir en la programación y ejecución de actividades vinculadas con la comunicación e incorporación de energía renovable, el desarrollo de proyectos demostrativos de nuevas tecnologías y la incorporación de oferta de energía renovable.
6. Elaborar y poner a disposición pública la información del banco de proyectos y toda otra información que pueda facilitar la toma de decisiones sobre las actividades del sector energético, así como inventarios nacionales de recursos renovables que sirvan de base a la planificación del sector y a la elaboración de proyectos y políticas específicas.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA HIDROELÉCTRICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE APROVECHAMIENTOS HIDROELÉCTRICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en todos los aspectos vinculados con el desarrollo de la generación de energía eléctrica mediante recursos hídricos, con criterio ambientalmente sustentable, en su etapa de estudios de factibilidad, elaboración de los proyectos licitatorios, concreción de todas las obras y acciones necesarias para comenzar las tareas de operación y mantenimiento de los aprovechamientos hidroeléctricos.
ACCIONES:
1. Intervenir en la elaboración y coordinación de los planes, políticas y normas para el funcionamiento y desarrollo del sector hidroeléctrico.
2. Intervenir en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones de los procedimientos de selección relacionados con la realización de los estudios de generación de energía eléctrica mediante recursos hídricos.
3. Supervisar los procedimientos de selección que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.
4. Asistir en los procesos de supervisión de la construcción de las obras del sector, hasta su puesta en servicio, también eventualmente durante el período de operación hasta el fin de su vida útil y su posterior desmantelamiento.
5. Intervenir en los procesos de contratación de las obras relacionadas con la construcción de instalaciones de generación de energía mediante el aprovechamiento de recursos hídricos.
6. Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de los servicios públicos privatizados o concesionados, cuando éstos tengan una vinculación funcional con el área.
7. Asistir, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte y colaborar en la concreción de los mismos, asistiendo en las negociaciones con los organismos crediticios internacionales.
8. Asistir en la creación y en el desarrollo de una base actualizada de información sobre todos los recursos hídricos del país no aprovechados aun en materia de generación de energía hidroeléctrica y del estado de avance de los proyectos ya existentes.
9. Asistir en la realización de estudios de factibilidad técnicos, económicos y ambientales necesarios en los proyectos que estén en su conocimiento, para establecer confiablemente prioridades en su ejecución.
10. Intervenir en la aprobación de un orden de prioridad integral de proyectos, contemplando para ello los aspectos técnicos, económicos y ambientales.
11. Monitorear las relaciones con los diferentes proveedores de información de base técnica y ambiental para la realización de los estudios de factibilidad.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA HIDROELÉCTRICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE SUPERVISIÓN DE APROVECHAMIENTOS HIDROELÉCTRICOS EN OPERACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Intervenir en los aspectos vinculados con el desarrollo de la generación de energía eléctrica en su modalidad de aprovechamiento de recursos hídricos, con criterio ambientalmente sustentable, en sus etapas de operación, mantenimiento y hasta el final de su vida útil y posterior desmantelamiento.
ACCIONES:
1. Intervenir en la elaboración y coordinación de los planes, políticas y normas para el monitoreo de las condiciones de operación y mantenimiento de los aprovechamientos hidroeléctricos en operación, hasta el final de su vida útil y su posterior desmantelamiento.
2. Asistir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, así como también supervisar los procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su finalización.
3. Verificar las acciones relacionadas con la operación, mantenimiento y seguridad de los aprovechamientos hidroeléctricos hasta la finalización de su vida útil y de su posterior desmantelamiento.
4. Revisar las acciones relacionadas con aquellos entes u organismos de control de los servicios públicos privatizados o concesionados, cuando éstos tengan una vinculación funcional con el área.
5. Asistir en la elaboración de los proyectos aplicables al sector de la energía hidroeléctrica, que sean necesarios para el cumplimiento de los planes y políticas energéticas de carácter general, así como en la seguridad, el adecuado funcionamiento y desarrollo del sistema eléctrico en su conjunto.
6. Monitorear las relaciones con y entre los diferentes actores y operadores del sistema eléctrico, brindando adecuada información acerca de las condiciones de demanda y oferta de energía hidroeléctrica en el corto, mediano y largo plazo.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR
DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN DE PROYECTOS NUCLEARES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Analizar, evaluar y monitorear los proyectos comprendidos en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR
ACCIONES:
1. Revisar la estructura contractual y financiera de proyectos en materia de desarrollo de tecnología nuclear, como así también el examen de los aspectos pertinentes a su viabilidad comercial y financiera, en coordinación con las áreas competentes.
2. Intervenir en los diagnósticos de los proyectos del área nuclear necesarios para alcanzar los objetivos fijados por la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR.
3. Asistir en la negociación de los contratos y acuerdos necesarios para el desarrollo, financiamiento, construcción y operación de los proyectos de los organismos pertenecientes al ámbito de la Jurisdicción.
4. Elaborar y presentar recomendaciones formuladas con el objetivo de optimizar los proyectos comprendidos bajo la esfera de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR.
5. Monitorear el avance de los proyectos nucleares, mediante herramientas que permitan establecer objetivos a cumplir, así como identificar y atender a potenciales puntos de congestión.
6. Asistir al Subsecretario de Energía Nuclear en el desarrollo de actividades que establezcan criterios de viabilidad de proyectos.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN ESTRATÉGICA DE TECNOLOGÍAS NUCLEARES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Evaluar la planificación estratégica a seguir respecto del desarrollo eficiente de tecnologías nucleares y analizar la factibilidad de nuevos proyectos para la producción de energía eléctrica, junto con la investigación aplicada al campo.
Promover políticas que contribuyan al desarrollo de una matriz energética diversificada y tecnológicamente sustentable.
ACCIONES:
1. Asistir al Subsecretario, en el desarrollo e implementación de las políticas estratégicas orientadas a optimizar la inversión pública en materia de aplicaciones de tecnología nuclear y desarrollo de nuevas tecnologías, proyectos y diseños aplicados al campo de la generación de energía eléctrica.
2. Intervenir en la evaluación de la factibilidad y sustentabilidad tecnológica de los proyectos y nuevos diseños futuros, proponiendo a su vez nuevas líneas de trabajo e investigación, en coordinación con la DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN DE PROYECTOS NUCLEARES.
3. Coordinar con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, la industria y las empresas nucleares las líneas de acción a seguir y el estado de los proyectos en materia tecnológica, como así también comunicar a las mismas los resultados de las evaluaciones realizadas.
4. Participar en las actividades, foros y presentaciones del área nuclear que permitan la actualización de los conocimientos sobre tecnologías nucleares, como así también recomendar la participación en las iniciativas y foros internacionales del área nuclear que refuercen la posición argentina respecto del uso seguro y pacífico de las tecnologías nucleares, en coordinación con la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS NUCLEARES.
5. Proponer las políticas de desarrollo de recursos humanos convenientes a nivel nacional para suplir las necesidades del plan nuclear en relación con la producción energética.
6. Conducir los equipos de trabajo conformados en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR en temas relacionados a la evaluación tecnológica de proyectos.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA NUCLEAR
DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS NUCLEARES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asesorar al Subsecretario de Energía Nuclear en la coordinación de las políticas en lo que respecta a la no proliferación y antiterrorismo nuclear, seguridad física, salvaguardias y seguridad internacionales.
Articular entre los diferentes actores del sector orientados a la promoción de la tecnología nuclear, organismos nacionales y sub nacionales, empresas e industrias asociadas, promoviendo políticas públicas en la materia, en el ámbito de competencia del Ministerio.
ACCIONES:
1. Asistir en lo concerniente a su competencia, en temas de seguridad internacional y no proliferación nuclear, coordinando el accionar de los distintos actores nacionales en materia de salvaguardias y antiterrorismo nuclear, protección y seguridad física de las instalaciones nucleares.
2. Asistir a las autoridades competentes, en el ámbito de su incumbencia, en las intervenciones correspondientes en foros internacionales, reuniones bilaterales, encuentros multilaterales y cualquier otro ámbito que corresponda, en lo que respecta a la promoción tecnológica, temas de no proliferación y salvaguardias nucleares.
3. Asistir, en el ámbito de su competencia, en todo lo referente al cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de no proliferación nuclear y seguridad internacional asumidos por la REPÚBLICA ARGENTINA, así como también asesorar en el diseño de salvaguardias nucleares que pudieran implementarse en el futuro.
4. Promover acciones de coordinación entre los actores nacionales y sub nacionales involucrados en las actividades del ciclo de combustible nuclear, generación y aplicaciones de la tecnología nuclear, y proponer políticas para la consolidación de una agenda de desarrollo sustentable del sector nuclear.
5. Proponer políticas públicas tendientes a optimizar la articulación entre los organismos públicos y los sectores productivos en el desarrollo tecnológico del sector nuclear, a través de la vinculación entre el ESTADO NACIONAL y el sector privado para la ejecución de actividades y programas de trabajo intersectoriales.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en todas las acciones de regulación, monitoreo y seguimiento del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).
ACCIONES:
1. Intervenir en la elaboración y coordinación de los planes, políticas y normas para el buen funcionamiento y desarrollo del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y asesorar al Subsecretario de Energía Térmica, Transporte y Distribución de Energía Eléctrica en todas aquellas cuestiones relacionadas con dicho mercado.
2. Asistir al Subsecretario de Energía Térmica, Transporte y Distribución de Energía Eléctrica en el ámbito de su competencia, en las relaciones con y entre los diferentes actores y operadores del sistema eléctrico, facilitando información acerca de las condiciones de demanda, oferta, transmisión y distribución de energía eléctrica en el corto, mediano y largo plazo.
3. Verificar el cumplimiento de los requisitos que condicionan el ingreso e intervenir en el perfeccionamiento de los accesos como agentes del Mercado Eléctrico Mayorista de los Generadores, Transportistas, Distribuidores y Grandes Usuarios, en sus diferentes modalidades, haciendo observar la normativa específica para cada caso, incluyendo el control sobre los estudios de impacto ambiental que se presenten en dicho marco.
4. Participar en la proposición de normas para completar el marco normativo ambiental eléctrico.
5. Asistir en la regulación y en los trámites específicos de la Función Técnica de Transporte de los Grandes Usuarios.
6. Realizar el seguimiento de la demanda de energía eléctrica de Grandes Usuarios del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y elaboración de análisis e informes con indicadores provenientes de organismos oficiales y cámaras empresariales.
7. Realizar estudios de prospectiva energética y futuros comportamientos del Sistema Argentino de Interconexión, evaluando potenciales riesgos que justifiquen cambios regulatorios en la normativa vigente.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE GENERACIÓN TÉRMICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la aplicación de planes, implementación de políticas y normas para el desarrollo y la ampliación del parque de generación térmica como así también del monitoreo y control del equipamiento existente.
ACCIONES:
1. Intervenir en las cuestiones vinculadas con el desarrollo de nueva generación de energía eléctrica en su modalidad térmica.
2. Monitorear el parque de generación térmica existente proponiendo cursos de acción cuando sea necesario, para la generación térmica en calidad y cantidad necesaria.
3. Entender en la formulación de planes para la incorporación de las nuevas tecnologías que propendan a la eficiencia y modernización de los temas de su competencia.
4. Intervenir en aquellos Programas o Planes específicos donde se traten temas de su incumbencia.
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la aplicación de planes, políticas y normas para el desarrollo y la ampliación del transporte y la distribución de energía eléctrica como así también del monitoreo y control del equipamiento existente.
ACCIONES:
1. Asistir en las cuestiones vinculadas con la transmisión, transporte y distribución de energía eléctrica, incluyendo los programas específicos en los que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA tome intervención.
2. Proponer y asistir en la elaboración de normas aplicables al sector de energía eléctrica de su competencia, que sean necesarias para el cumplimiento de los planes y políticas energéticas de carácter general, la seguridad y adecuado funcionamiento del sistema eléctrico.
3. Interactuar con el ORGANISMO ENCARGADO DE DESPACHO (OED) en todos los temas inherentes a su función específica.
4. Entender en la normativa aplicable al Transporte en Alta Tensión y por Distribución Troncal como así también al Sistema de Transportistas Independientes.
5. Revisar y tomar intervención en los procedimientos de expansión y al establecimiento de la remuneración cuando así corresponda.
6. Entender en la formulación de planes para la incorporación de las nuevas tecnologías que propendan a la eficiencia y modernización de los temas de su competencia.
7. Asistir al Subsecretario de Energía Térmica, Transporte y Distribución de Energía Eléctrica en la administración y conservación de los contratos de concesión de los servicios públicos.
8. Asistir al Subsecretario de Energía Térmica, Transporte y Distribución de Energía Eléctrica en relación con los Entes u Organismos de control de los servicios con vinculación funcional con el área de su competencia, tomando intervención, en la medida que corresponda, con la resolución de los recursos administrativos que se interpongan contra actos de los entes reguladores.
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO
SUBSECRETARÍA DE ESCENARIOS Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE ESCENARIOS Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS ENERGÉTICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Elaborar proyecciones, escenarios y modelos de análisis de la oferta y la demanda energética de la República Argentina y estudios complementarios que sirvan de insumos para la toma de decisiones estratégicas sobre el sector.
Asistir en la definición de los lineamientos básicos y las bases de supuestos a utilizar para la evaluación de proyectos y políticas energéticas y para la realización de estudios especiales, prestando asistencia técnica a los demás organismos del gobierno en las áreas de su competencia.
ACCIONES:
1. Desarrollar escenarios y proyecciones de oferta, demanda y otras, que hagan posible un planeamiento público y privado adecuado del uso de los recursos energéticos.
2. Realizar estudios de escenarios y evaluación de proyectos energéticos especiales en las áreas de incumbencia del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
3. Asistir en la vinculación con la entidad encargada del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP) y coordinar la provisión de información al Banco de Proyectos de Inversión Pública (BAPIN) por parte del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
4. Coordinar la cooperación técnica con organismos gubernamentales, no gubernamentales y otros, a nivel regional e internacional, brindando asesoramiento en lo que respecta a aspectos vinculados a la política energética del gobierno.
5. Articular, junto con otros organismos del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, del sector energético, del Estado Nacional y los estados provinciales, la confección de supuestos y escenarios regionales y sectoriales que involucren al sector energético.
6. Evaluar proyectos de inversión propios del área y todo aquel que sea de interés del Ministerio.
7. Evaluar los impactos de las políticas públicas implementadas o en estudio por parte del Estado Nacional relacionadas con el sector energético.
8. Realizar estudios especiales en las áreas de incumbencia del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
9. Formular y gestionar, en lo concerniente al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, el suministro de información vinculada al PLAN NACIONAL DE INVERSIONES PÚBLICAS (PNIP), y realizar la actualización permanente del inventario de Proyectos de Inversión Pública del Ministerio con distinto grado de formulación y análisis.
10. Intervenir estudios de soporte técnico y económico de las políticas de integración energética, relaciones internacionales y de cooperación técnica de incumbencia del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
11. Asistir en la coordinación con otras áreas de gobierno, instituciones educativas, órganos provinciales, nacionales e internacionales, la provisión de información técnica de incumbencia del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA para alcanzar los objetivos de las políticas energéticas definidos por el Señor Ministro.
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO
SUBSECRETARÍA DE ESCENARIOS Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN ENERGÉTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Desarrollar e instrumentar un sistema integrado de información energética, constituyéndose en la fuente central e integrada de información estadística sobre el sector energético de la República Argentina, brindando datos consistentes y de calidad bajo los principios de imparcialidad, apertura, transparencia y accesibilidad.
ACCIONES:
1. Confeccionar el balance energético del país, realizar la caracterización técnica y económica de los usos y recursos energéticos del país.
2. Crear y llevar adelante el Sistema Unificado de Información Energética de la República Argentina.
3. Coordinar la recopilación de información energética, sistematizarla y hacerla pública de forma transparente y periódica.
4. Establecer e implementar mecanismos de captación, sistematización, control de consistencia y calidad para la recopilación y validación de información del Sistema Unificado de Información Energética.
5. Desarrollar el plan de apertura de datos del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA según lo establecido en el Decreto N° 117/2016 y coordinar su implementación en el área del Ministerio.
6. Articular con empresas, organismos no gubernamentales, organismos gubernamentales municipales, provinciales, nacionales e internacionales, los mecanismos para asegurar la disponibilidad de datos requeridos por otras áreas del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y/o del resto de la administración nacional en las áreas de su competencia.
7. Brindar soporte técnico en escenarios y evaluación de proyectos al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, sus Secretarías y Subsecretarías para la elaboración de respuestas a pedidos de informes.
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO
SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Desarrollar las políticas de ahorro y eficiencia energética.
ACCIONES:
1. Asistir a la SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA y a las demás áreas de Gobierno que así lo requieran, con su intervención en temas de eficiencia energética así como de ahorro y uso racional de la energía.
2. Proponer programas que conlleven a un uso eficiente de los recursos energéticos, tanto en la oferta de fuentes primarias y secundarias, como en las etapas de transformación y en los distintos sectores de consumo, como ser el industrial, residencial, comercial, público, transporte, agro y otros.
3. Definir la información necesaria para construir, validar y actualizar periódicamente la Línea de Base Energética (LBE) así como los Indicadores de Desempeño Energético (IDE) que se utilizarán para medir los resultados de los programas desarrollados.
4. Proponer los objetivos y metas en la mejora del desempeño energético a nivel global, como ser el país, sector o subsector, y definir los objetivos y metas individuales de cada programa.
5. Monitorear y verificar la efectividad de los resultados de los programas ejecutados por la DIRECCIÓN NACIONAL DE EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA.
6. Desarrollar programas de difusión y comunicación de la temática de Ahorro y Eficiencia Energética.
7. Coordinar con las áreas pertinentes del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, la inclusión de contenidos destinados a transmitir la importancia del uso eficiente y responsable de los recursos energéticos, en todos los niveles obligatorios de enseñanza.
8. Promover la inclusión del tema de eficiencia energética y el uso racional de la energía, en los programas de las carreras universitarias vinculadas a la materia.
9. Promover convenios y acuerdos con universidades, cámaras empresarias, organismos tecnológicos, organizaciones de la sociedad civil y todas aquellas instituciones públicas o privadas, tanto nacionales como internacionales, cuyo objetivo sea la mejora de la eficiencia energética de los distintos sectores.
10. Evaluar y proponer alternativas regulatorias a fin de establecer mecanismos de promoción de la eficiencia energética, tanto en la oferta como en la demanda, incluyendo los distintos sectores de consumo.
11. Interactuar con organismos nacionales e internacionales que fomenten y faciliten el acceso al financiamiento para implementar proyectos de eficiencia energética.
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO
SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Ejecutar los programas definidos por la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA para cada uno de los sectores de consumo.
ACCIONES:
1. Ejecutar los programas que conlleven a un uso eficiente de los recursos energéticos en los sectores, incluida la oferta de fuentes primarias y secundarias, las etapas de transformación y los distintos sectores de consumo.
2. Intervenir, junto con las áreas competentes, en la ejecución de los programas de ahorro y eficiencia energética.
3. Interactuar con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil que estén directamente involucrados en la ejecución de los programas.
4. Suministrar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA toda la información necesaria para llevar adelante la medición, verificación y comunicación de los programas; el cálculo y seguimiento de Indicadores de Desempeño Energético y toda la información necesaria para la planificación de programas futuros.
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO
SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Realizar el control de gestión de los proyectos de infraestructura energética a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ACCIONES:
1. Desarrollar, proponer, e implementar los procedimientos necesarios para el control de gestión de los proyectos energéticos a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
2. Participar en la ejecución de planes y proyectos de infraestructura en materia de energía, incluyendo el control de presupuestos y plazos establecidos en los contratos.
3. Organizar la estructura operativa para el control de gestión de los proyectos de infraestructura energética de gas, generación eléctrica y transmisión, y distribución eléctrica, a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
4. Identificar desvíos en plazos, presupuestos, condiciones de calidad y seguridad, promoviendo la adopción de medidas correctivas.
5. Diseñar y mantener un sistema de información actualizado de todos los proyectos de infraestructura energética que correspondan al ámbito de su gestión.
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO
SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Brindar asistencia a las restantes Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA en licitaciones, definiciones de ingeniería, administración de contratos y temas relativos a la calidad y seguridad de proyectos de infraestructura energética.
ACCIONES:
1. Asistir a las restantes Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA en materia de licitaciones, ingeniería, administración de contratos y temas relacionados con calidad y seguridad.
2. Asistir al Subsecretario de Infraestructura Energética en la coordinación de relaciones institucionales con empresas, cámaras, gremios y todo otro sector o entidad relacionados con la ejecución de proyectos de infraestructura energética, a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
3. Asistir a otros organismos del ESTADO NACIONAL, Provincias y Municipios, coordinando las acciones tendientes a la mejor ejecución de los proyectos de infraestructura energética, a ser determinados por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
4. Diseñar y mantener un sistema de información actualizado de todo lo actuado en el ámbito de su gestión.
SECRETARÍA DE MINERÍA
DIRECCIÓN DE REGULACIÓN MINERA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en la formulación, diseño, seguimiento y revisión de los marcos regulatorios con impacto en la actividad minera.
ACCIONES:
1. Intervenir en las propuestas de sanción o modificación de normativa producto de acuerdos con las provincias en el marco del CONSEJO FEDERAL DE MINERÍA creado por Ley Nº 24.224.
2. Intervenir en los proyectos de modificación del Acuerdo Federal Minero ratificado por Ley Nº 24.228.
3. Intervenir en el desarrollo de proyectos de normativa minera de alcance nacional.
4. Asistir al Secretario de Minería en la relación con las provincias en lo vinculado con la normativa que regula la actividad minera.
5. Asistir a las provincias y municipios en el análisis de proyectos de regulaciones de la actividad minera que estos se propongan implementar, en coordinación con las áreas competentes.
6. Coordinar acciones con la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, en cuanto a supervisar el estudio, análisis y redacción de proyectos de normas jurídicas relativas a las competencias de la Jurisdicción.
7. Identificar inconsistencias, falta de reglamentación o colisión normativa en la regulación minera vigente, y proponer la generación de consensos.
8. Promover la difusión, profundización y actualización de la normativa minera.
9. Asistir al Secretario de Minería en la relación con las comisiones con injerencia en materia de minería del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
SECRETARÍA DE MINERÍA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
DIRECCIÓN NACIONAL DE INVERSIONES MINERAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar la aplicación de las normativas mineras de incumbencia nacional, recopilar y procesar la información necesaria para el análisis de los resultados de la aplicación de la misma y proponer alternativas de inversión.
ACCIONES:
1. Asistir al Subsecretario de Desarrollo Minero para efectuar el enlace entre las distintas áreas del Gobierno Nacional y las empresas, para facilitar la ejecución de los distintos aspectos que promueve la Ley N° 24.196 de Inversiones Mineras.
2. Proveer a la DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN MINERA Y TRANSPARENCIA una base de datos con información detallada de los recursos mineros de la REPÚBLICA ARGENTINA, y su distribución por las provincias destacando el grado de conocimiento existente sobre los mismos.
3. Elaborar informes para el Subsecretario de Desarrollo Minero donde se analicen las ventajas competitivas de los diferentes proyectos a nivel regional, con el objeto de atraer inversiones en nuestro país y las distintas promociones y sinergias existentes en cada una de las etapas que caracterizan la actividad minera.
4. Elaborar y mantener actualizado un banco de datos de proyectos de inversiones público- privadas que apunten a sumar al circuito productivo, el aprovechamiento de reservas minerales mediante Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) conformadas al efecto.
5. Realizar el seguimiento en los proyectos mineros, fiscalizando el cumplimiento de la normativa vigente.
SECRETARÍA DE MINERÍA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN MINERA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Promover y facilitar la inversión en minería.
Promocionar la oferta minera y las oportunidades de inversión, y fortalecer el sector de pequeñas y medianas empresas mineras.
ACCIONES:
1. Diseñar e implementar acciones para promover y facilitar la inversión en minería en materia de prospección, exploración, industrialización y comercialización de minerales.
2. Realizar estudios de mercado para proyectar las demandas de minerales en la actualidad, en el mediano y en el largo plazo tanto a nivel nacional y regional, como internacional.
3. Realizar estudios sobre el impacto económico-estructural que generan los proyectos mineros en la región de influencia y en orden nacional.
4. Asistir al Subsecretario de Desarrollo Minero y al Secretario de Minería en la participación de reuniones nacionales e internacionales que promocionen la actividad minera argentina y las oportunidades de inversión.
5. Coordinar el diálogo sobre los temas de interés del sector con las distintas organizaciones que interactúan en la actividad minera.
6. Promocionar ante organismos internacionales y multilaterales la potencialidad minera argentina, las ventajas regionales y la decisión del Estado de impulsar el Desarrollo Minero Argentino.
SECRETARÍA DE MINERÍA
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PRODUCCIÓN MINERA, AMBIENTE Y DESARROLLO COMUNITARIO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Optimizar los impactos positivos de la actividad minera en las comunidades directa e indirectamente afectadas por su ocurrencia, y minimizar los impactos negativos o riesgos, trabajando en la coordinación con todos los actores involucrados.
ACCIONES:
1. Intervenir en la generación de las mejores prácticas gubernamentales respecto de los impactos socio-económicos y ambientales de la actividad minera en las comunidades afectadas.
2. Elaborar programas y/o acciones a ser aplicados por el Gobierno Nacional, a través de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA, en lo referido al impacto comunitario de la minería, en coordinación con las provincias y demás actores involucrados.
3. Asistir a las provincias o municipios, cuando estos lo requieran, en lo atinente a conflictos socio-ambientales, la participación comunitaria y los procesos de diálogo, en torno a la actividad minera.
4. Asistir al Subsecretario de Política Minera, en la coordinación, con las demás áreas relevantes del Gobierno Nacional y de las provincias, para impulsar el desarrollo de la ciencia e innovación aplicadas a mejorar las prácticas industriales, ambientales y sociales en la actividad minera.
SECRETARÍA DE MINERÍA
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
DIRECCIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y CADENA DE VALOR
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Optimizar el impacto de la minería a nivel regional, procurando identificar posibles sinergias en materia de infraestructura y logística, fomentar la creación, crecimiento y diversificación de las empresas proveedoras de bienes y servicios, y potenciar la integración entre la actividad minera y otras actividades económicas.
ACCIONES:
1. Asistir al Subsecretario de Política Minera y al Secretario de Minería en coordinación con otras áreas del Gobierno Nacional y con los gobiernos provinciales, para proponer o impulsar obras de infraestructura y logística que puedan impulsar el desarrollo minero de las regiones.
2. Asistir al Subsecretario de Política Minera y al Secretario de Minería en coordinación con otras áreas del Gobierno Nacional y con los gobiernos provinciales, para proponer e impulsar esquemas de financiamiento, construcción y/o uso de las obras de infraestructura y logística de los proyectos mineros, que optimicen su beneficio en favor de otras necesidades productivas y/o sociales.
3. Proponer herramientas y realizar acciones que, en coordinación con otras áreas de gobierno y con las provincias, puedan incentivar y potenciar la creación, fortalecimiento, crecimiento y diversificación de los proveedores de bienes y servicios a la actividad minera, respetando la competitividad.
4. Identificar posibilidades de agregar mayor valor a los minerales que se explotan en la REPÚBLICA ARGENTINA y coordinar con otras áreas del Gobierno Nacional y/o las provincias para incentivar la concreción de dichas posibilidades.
5. Intervenir en coordinación con otras áreas del Gobierno Nacional y con las provincias, detectando puntos de contacto actuales o potenciales de la actividad minera con otras actividades económicas, proponiendo herramientas o acciones para potenciar la integración de la minería con el resto de los sectores de la economía argentina.
SECRETARÍA DE MINERÍA
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN MINERA Y TRANSPARENCIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Elaborar, administrar y difundir información orientada al conocimiento de los recursos mineros nacionales a través de un sistema nacional único de información minera.
ACCIONES:
1. Elaborar, estructurar, administrar, mantener actualizado y operar el sistema nacional único de información minera que actuará como base de sustentación de toda la información necesaria para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
2. Realizar un relevamiento continuo que le permita obtener información referida al sector minero argentino, incluyendo información geológica, catastral, tributaria, económica, ambiental, social, de prospectos y proyectos, de inversiones y empresas, de todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o provinciales, que posean o procesen información confiable relativa al recurso minero en la REPÚBLICA ARGENTINA, para que sea la fuente de información del sistema nacional único de información minera y de sus estadísticas oficiales, la cual será facilitada a todos los usuarios en forma integrada, confiable y oportuna.
3. Formular y proponer los criterios, sistemas y normas necesarios para recopilar, organizar, administrar y difundir la información del sector minero.
4. Coordinar con el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, el CONSEJO FEDERAL DE MINERÍA, y los organismos vinculados al sector como agencias e instituciones provinciales que corresponda y las demás áreas del Gobierno Nacional, a fin de incrementar la calidad de la información que se reúna, aplicando criterios uniformes y un sistema compartido, obteniendo inclusive información del sector privado cuando corresponda.
5. Proponer e implementar, en coordinación con los demás actores del sector de la minería, la metodología de actualización periódica de la información.
6. Elaborar las proyecciones y estadísticas que requiera la Jurisdicción en base a la información recopilada y administrada.
7. Elaborar los informes, anuarios, reportes, las publicaciones y poner la información disponible y accesible a través del sistema que corresponda, con base a las definiciones o requerimiento del Subsecretario de Política Minera.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5º

Fecha de publicación 28/07/2016