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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE EMPLEO

Resolución 968/2016

Bs. As., 07/07/2016

VISTO el Expediente N° 1.574.389/2013 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.016 del 21 de octubre de 2013 y N° 197 del 15 de abril de 2016, la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1.035 del 13 de mayo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.016/2013, se creó el PROGRAMA PRESTACIONES POR DESEMPLEO que tiene por objeto brindar apoyo en la búsqueda activa de empleo, en la actualización de las competencias laborales, en la mejora de la empleabilidad y en la inserción en empleos de calidad a las personas participantes de los regímenes de prestaciones por desempleo instituidos por las Leyes N° 24.013, N° 25.191 y N° 25.371.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1.035/2014, se aprobó el Reglamento del PROGRAMA PRESTACIONES POR DESEMPLEO.

Que el PROGRAMA DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO prevé que las trabajadoras y los trabajadores destinatarios podrán acceder a prestaciones de orientación e intermediación laboral, de formación profesional, de certificación de estudios formales obligatorios, de mejora de las competencias laborales y de apoyo a la inserción laboral en empleos autónomos o bajo relación de dependencia.

Que por el artículo 16 del Reglamento del PROGRAMA PRESTACIONES POR DESEMPLEO, se prevé que los y las participantes percibirán, a mes vencido, una suma dineraria mensual en concepto de compensación por gastos de traslado y refrigerio, durante su participación en cursos o talleres formativos.

Que el proceso inflacionario que ha sufrido nuestro país desde el dictado del Reglamento del PROGRAMA PRESTACIONES POR DESEMPLEO hasta el día de la fecha, ha ido menoscabando el valor de la prestación dineraria antes indicada.

Que en ese sentido, por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 197/2016 se instruyó a esta SECRETARÍA DE EMPLEO para que realice la actualización de los valores de las prestaciones contenidas en la normativa de aplicación a cada uno de los Programas Nacionales de Empleo y de Formación Profesional vigentes y sus líneas de acción.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 27 de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.016/2013.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE EMPLEO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el texto del artículo 16 del Reglamento del PROGRAMA PRESTACIONES POR DESEMPLEO, aprobado como ANEXO de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1.035/2014, por el siguiente:
“ARTÍCULO 16.- Compensación por gastos.- Los y las participantes percibirán, a mes vencido, la suma mensual de PESOS NOVECIENTOS ($ 900), en concepto de compensación por gastos de traslado y refrigerio, durante;
1) la asistencia a talleres de orientación laboral, por hasta un máximo de CUATRO (4) periodos mensuales;
2) la asistencia a talleres de apoyo a la búsqueda de empleo, por un máximo de SEIS (6) periodos mensuales continuos o discontinuos;
3) los meses lectivos en los que participen en procesos formativos para la certificación de estudios primarios y/o secundarios;
4) la participación en cursos de formación profesional;
5) la participación en actividades formativas aprobadas por la SECRETARÍA DE EMPLEO no previstas en los incisos precedentes.
Los participantes sólo podrán percibir UNA (1) compensación por periodo mensual, la cual no será acumulable con las ayudas económicas mensuales previstas por las Acciones de ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO.”

ARTÍCULO 2° — La presente medida se aplicará a partir de la primera liquidación de ayudas económicas posterior al dictado de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MIGUEL ANGEL PONTE, Secretario de Empleo, M.T.E. y S.S.

e. 28/07/2016 N° 52555/16 v. 28/07/2016

Fecha de publicación 28/07/2016