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10 de Julio de 2018

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 5253/2016

Bs. As., 07/07/2016

VISTO el Expediente N° 11107/1988, del Registro de la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Artículo 1° del Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015 publicado en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA el 4 de enero de 2016, se crea como ente autárquico y descentralizado, en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

Que la citada normativa, en su artículo 23 establece que el ENACOM se considera legalmente constituido con el nombramiento de su presidente y de los tres primeros directores.

Que con fecha 5 de enero de 2016, se celebró la primera reunión de Directorio del ENACOM, constituida con el quórum suficiente, conforme a la designación de autoridades efectuada por el Decreto N° 7/16.

Que la COOPERATIVA TELEFONICA Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS Y ASISTENCIALES DE TOSTADO LIMITADA (CUIT 30-54583621-8) posee Licencia para la prestación del Servicio Básico Telefónico, otorgada mediante Resolución N° 630 de fecha 18 de mayo de 1992, dictada por la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y Licencias para la prestación de los Servicios de Valor Agregado y Aviso a Personas, otorgadas por medio de las Resoluciones Nros. 2.695 de fecha 16 de septiembre de 1997 y 952 de fecha 20 de agosto de 1999, respectivamente ambas dictadas por la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Licencia para la prestación del Servicio de Aviso a Personas que se trata, fue otorgada en los términos de la Resolución N° 477 de fecha 17 de febrero de 1993 dictada por la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que con fecha 22 de agosto de 2006, se recibe la presentación del prestador, mediante la cual solicita la baja de la licencia oportunamente otorgada para la prestación del Servicio de Aviso a Personas.

Que se han cumplido los requisitos correspondientes para la baja de la Licencia citada.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que el DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta N° 7 de fecha 9 de junio de 2016.

Que la presente medida, se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/2015, y el Acta de Directorio N° 1, de fecha 5 de enero de 2016, del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — CANCÉLASE la Licencia para la prestación del servicio de Aviso a Personas otorgada a la COOPERATIVA TELEFONICA Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS Y ASISTENCIALES DE TOSTADO LIMITADA (CUIT 30-54583621-8) por Resolución N° 952 de fecha 20 de agosto de 1999, dictada por la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

ARTÍCULO 2° — La medida adoptada en el Artículo 1° tendrá vigencia a partir del 22 de agosto de 2006.

ARTÍCULO 3° — NOTIFÍQUESE al interesado, conforme a lo establecido en el Artículo 11, de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes, del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.

ARTÍCULO 4° — COMUNÍQUESE, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 29/07/2016 N° 52615/16 v. 29/07/2016

Fecha de publicación 29/07/2016