INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 1412/2016
Bs. As., 26/07/2016
VISTO la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/01), el Decreto N° 1536/02, el Decreto N° 769/16, la Resolución N° 2203/11/INCAA, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3° inciso I) de la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/01) establece entre las facultades del Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la de designar jurados, comisiones o delegaciones que demande el cumplimiento de la presente ley.
Que mediante el artículo 27° de la Resolución N° 2203/11/INCAA, se creó un Comité Técnico de Créditos, con facultades para la evaluación de los proyectos que aspiran a obtener el beneficio crediticio del Instituto, el cual está integrado por TRES (3) miembros del sector de la producción, con una vigencia máxima de SEIS (6) meses como miembros de dicho órgano, siendo asistido por técnicos especializados en evaluación financiera y económica designados a tal efecto.
Que según el Acta del Consejo Asesor de fecha 22 de junio de 2016, integrado por los señores Alejandra Gabriela RAMIREZ, Cecilia Inés VALLINA, Ariel Raúl AVALOS, Alejandro Nicolás ALDANA, Martín FERRARI FREIRE, Alejandra DARÍN, Guido VALERGA, Martín DESALVO, y Juan Pablo GUGLIOTTA, de los cuales surgen NUEVE (9) votos afirmativos con la abstención del Señor Juan Carlos JAUREGUIALZO, resultando el nombramiento de los miembros del Comité Técnico de Créditos, por el plazo de SEIS (6) MESES, a partir de la publicación de la presente, siendo los mismos, JOSE OSCAR SALVIA DNI. N° 21.002.611, VANESA RAGONE DNI. N° 18.304.710, IGNACIO REY DNI. N° 23.772.042, y ELEONORA OLGUIN DNI. N° 14.497.592 (miembro suplente).
Que los miembros designados por la presente Resolución sesionarán durante el plazo comprendido entre el dictado de la presente y por el plazo de SEIS (6) MESES, según lo comprendido en el Artículo N° 27 de la Resolución N° 2203/2011, transcurrido el mismo cesarán en sus funciones la totalidad de los integrantes del mencionado Comité y se designarán a los nuevos miembros, quiénes cumplirán con el rol de asesoramiento técnico, quienes se expresarán a través de sus dictámenes, desempeñándose bajo la modalidad de Contrato de Locación de Obra, no constituyendo relación de dependencia alguna con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Que se deja constancia que será de aplicación la Resolución N° 2203/11/INCAA, en todo aquello que no contradiga a la presente Resolución.
Que el suscripto, entiende que la conformación del COMITÉ TÉCNICO DE CRÉDITOS se lleva a cabo en virtud de la normativa vigente, toda vez que los integrantes propuestos reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir con las tareas encomendadas, debiendo regirse los mismos por los preceptos conferidos en la Resolución N° 2203/11/INCAA.
Que la Gerencia de Asuntos de Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que corresponde dictar Resolución al respecto.
Que la facultad para el dictado de la misma surge de la Ley 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/01), Decreto N° 1536/02 y Decreto N° 302/16.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Desígnese como miembros del COMITÉ TÉCNICO DE CRÉDITO a JOSE OSCAR SALVIA DNI. N° 21.002.611, VANESA RAGONE DNI. N° 18.304.710, IGNACIO REY DNI. N° 23.772.042 y ELEONORA OLGUIN DNI. N° 14.497.592 (miembro suplente), con facultades para la evaluación de los proyectos que aspiran a obtener el beneficio crediticio del Instituto, durando SEIS (6) MESES en sus cargos, a partir de la publicación de la presente.
ARTÍCULO 2° — Los integrantes nombrados en el artículo primero de la presente Resolución, se desempeñarán bajo la modalidad de Contrato de Locación de Obra, no constituyendo relación de dependencia alguna, con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
ARTÍCULO 3° — Déjese constancia que será de aplicación la Resolución N° 2203/11/INCAA, en todo aquello que no contradiga a la presente Resolución.
ARTÍCULO 4° — Déjese constancia que la presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — RALPH HAIEK, Vicepresidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 01/08/2016 N° 53150/16 v. 01/08/2016
Fecha de publicación 01/08/2016