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31 de Julio de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE NEUQUÉN

Se hace saber que se ha ordenado notificar las Resoluciones por las cuales se ordenan el archivo provisorio de las actuaciones abajo detalladas en los términos de las Instrucciones Generales Nros 02/07 y 02/08 (D.G.A.), haciéndoles saber a los imputados, que deberán dentro de los quince (15) días hábiles de notificados abonar los tributos que gravan la importación a consumo de la mercadería en infracción, caso contrario quedarán automáticamente constituidos en mora, procediéndose de conformidad a lo normado en los Art. 1122, ss y concordantes del Código Aduanero. Asimismo se informa a los imputados que que el presente archivo tiene carácter temporal atento a que establece el punto V8) de las citadas normas que: “En el evento de haber remitido una o varias actuaciones al archivo con carácter temporal y posteriormente se reciba otra denuncia con identidad de sujeto y tipo infraccional, que entre ambas superen el monto al que alude la presente (I.G. Nº 2/07 y 2/08 DGA), se procederá al desarchivo de la primera, a efectos de continuar con el trámite de los expedientes...”.

e. 03/08/2016 N° 53724/16 v. 03/08/2016

Fecha de publicación 03/08/2016