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1 de Agosto de 1899

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

Disposición 180/2016

Asunto: Designación de Representante del FISCO NACIONAL (AFIP) para actuar ante los Tribunales de la Capital Federal, la Provincia de Buenos Aires, el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN y la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN.

Buenos Aires, 01/08/2016

VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N° 15662-11-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO, la Dirección de Contencioso señala que resulta necesaria la designación de un nuevo representante para actuar en representación y defensa del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS), en los juicios contencioso administrativos y contencioso judiciales, en los que intervenga el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN y en los conflictos interadministrativos ante la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN.

Que mediante la Disposición N° 110/11 (DGI) de fecha 1° de agosto de 2011 se unificó dicha representación, emitiéndose el listado de representantes del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS), en la Planilla Anexa a la misma.

Que por necesidades funcionales de la citada Dirección, se propone la incorporación a la referida Planilla Anexa de un abogado de la misma.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Técnico Legal Impositiva.

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Incorpórese a la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Disposición N° 110/11 (DGI) al abogado Pablo Daniel GONZÁLEZ (D.N.I. N° 32.960.725 - Legajo N° 59.507/89), facultándolo a ejercer la representación y defensa del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS), en los juicios contencioso administrativos y contencioso judiciales, en los que intervenga el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN y en los conflictos interadministrativos ante la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Licenciado HORACIO CASTAGNOLA, Director General, Dirección General Impositiva.

e. 05/08/2016 N° 54281/16 v. 05/08/2016

Fecha de publicación 05/08/2016