Edición del
9 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 1108 - E/2016

Buenos Aires, 04/08/2016

VISTO el Expediente Nº 1-2002-19456-15-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial Nº 2335 del 3 de diciembre de 2015 se aprobaron las Becas de investigación “Ramón Carrillo - Arturo Oñativia” para el año 2016, tanto el número de becas a otorgar como los montos de las asignaciones, finalizando la Convocatoria y el proceso de selección de becarios el día 29 de abril de 2016.

Que mediante Disposición Conjunta N° 1 SSIyT y N° 14 SsPCRyF del 9 de Mayo de 2000 se estableció la denominación de las Becas de Investigación como “Ramón Carrillo-Arturo Oñativia”.

Que a fin de rendir homenaje al Prof. Dr. Abraam Sonis, eminencia en salud pública de Argentina, se propicia la modificación de la denominación de las mencionadas becas por Becas “SALUD INVESTIGA - Dr. ABRAAM SONIS”.

Que los Integrantes de la DIRECCIÓN DE INVESTIGACION PARA LA SALUD —EX COMISIÓN NACIONAL SALUD INVESTIGA— han analizado el resultado de las evaluaciones y se han expedido a entera satisfacción de este Ministerio, conforme surge del Acta que se adjunta a la presente.

Que corresponde designar a los beneficiarios titulares de las citadas Becas, y que las mismas tendrán una duración de UN (1) año, finalizando el día 15 de mayo de 2017.

Que la ejecución de las Becas asegura el desarrollo eficiente de los recursos humanos en salud, mediante la formación de investigadores de reciente inicio.

Que los resultados de estas investigaciones estratégicas aportarán propuestas para la toma de decisiones en políticas de salud en todos los niveles de gestión del Sistema.

Que se cuenta con la conformidad de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se adopta en virtud de los lineamientos normativos contenidos en la Ley de Ministerios —T.O. 1992— modificada por la Ley N° 26.338, Decreto N° 357/02 y su modificatoria y Decreto N° 114/16.

Por ello,

EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Modifícase a partir del presente año la denominación de las Becas “RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA” por la de Becas “SALUD INVESTIGA - Dr. ABRAAM SONIS”.

ARTÍCULO 2° — Apruébense VEINTICUATRO (24) Becas “SALUD INVESTIGA - Dr. ABRAAM SONIS” categoría Clínica de Iniciación, cuya duración será de un año a partir del 15 de mayo de 2016 hasta el 15 de mayo de 2017, por un monto total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-) a razón de PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 62.500.-) cada una, con la siguiente distribución: PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 55.500.-) anuales en concepto de estipendio para el becario y PESOS SIETE MIL ($ 7.000.-) destinados a la Institución respaldatoria de cada becario, cuya nómina de becarios figura en el ANEXO I (IF-2016-414886-APN-SSPEYF#MS) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3° — Apruébense CUATRO (4) Becas “SALUD INVESTIGA - Dr. ABRAAM SONIS” categoría Clínica de Perfeccionamiento, cuya duración será de un año a partir del 15 de mayo de 2016 hasta el 15 de mayo de 2017, por un monto total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000.-) a razón de PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 62.500.-) cada una, con la siguiente distribución: PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 55.500.-) anuales en concepto de estipendio para el becario y PESOS SIETE MIL ($ 7.000.-) destinados a la Institución respaldatoria de cada becario, cuya nómina de becarios figura en el ANEXO II (IF-2016-414891-APN-SSPEYF#MS) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4° — Apruébense SESENTA Y TRES (63) Becas “SALUD INVESTIGA - Dr. ABRAAM SONIS”, categoría Salud Pública de Iniciación, cuya duración será de un año a partir del 15 de mayo de 2016 hasta el 15 de mayo de 2017, por un monto total de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 3.937.500.-) a razón de PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 62.500.-) cada una, con la siguiente distribución: PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 55.500.-) anuales en concepto de estipendio para el becario y PESOS SIETE MIL ($ 7.000.-) destinados a la Institución respaldatoria de cada becario, cuya nómina de becarios figura en el ANEXO III (IF-2016-414893-APN-SSPEYF#MS) que forma integrante parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5° — Apruébense VEINTIUNA (21) Becas “SALUD INVESTIGA - Dr. ABRAAM SONIS”, categoría Salud Pública de Perfeccionamiento, cuya duración será de un año a partir del 15 de mayo de 2016 hasta el 15 de mayo de 2017, por un monto total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS ($ 1.312.500.-) a razón de PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 62.500.-) cada una, con la siguiente distribución: PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 55.500.-) anuales en concepto de estipendio para el becario y PESOS SIETE MIL ($ 7.000.-) destinados a la Institución respaldatoria de cada becario, cuya nómina de becarios figura en el ANEXO IV (IF-2016-414896-APN-SSPEYF#MS) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6° — Apruébense CIENTO TREINTA Y DOS (132) Becas “SALUD INVESTIGA - Dr. ABRAAM SONIS” para Estudios Multicéntricos de convocatoria pública, cuya duración será de un año a partir del 15 de mayo de 2016 hasta el 15 de mayo de 2017, por un monto total de PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 8.250.000.-) a razón de PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 62.500.-) cada una, con la siguiente distribución: PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 55.500.-) anuales en concepto de estipendio para el becario y PESOS SIETE MIL ($ 7.000.-) destinados a la Institución respaldatoria de cada becario, cuya nómina de becarios figura en el ANEXO V (IF-2016-414898-APN-SSPEYF#MS) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 7° — Apruébense CINCUENTA Y SEIS (56) Becas “SALUD INVESTIGA - Dr. ABRAAM SONIS” para Estudios Multicéntricos de convocatoria por invitación, cuya duración será de un año a partir del 15 de mayo de 2016 hasta el 15 de mayo de 2017, por un monto total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 3.500.000.-) a razón de PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 62.500.-) cada una, con la siguiente distribución: PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 55.500.-) anuales en concepto de estipendio para el becario y PESOS SIETE MIL ($ 7.000.-) destinados a la Institución respaldatoria de cada becario, cuya nómina de becarios figura en el ANEXO VI (IF-2016-414900-APN-SSPEYF#MS) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 8° — Los becarios seleccionados reúnen los requisitos exigidos en la normativa vigente para su designación y no están comprendidos en situaciones de incompatibilidades u otros impedimentos, habiéndose seguido los reglamentos y procedimientos concursales para su selección y orden establecido.

ARTÍCULO 9° — El gasto que demande la ejecución de las Becas aprobadas por la presente Resolución será imputado a las partidas presupuestarias del Programa 16, Actividad 11, Inciso 3.9.6 con cargo al ejercicio correspondiente al año 2016 por una suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 18.750.000.-) del cual deberá efectivizarse el CINCUENTA POR CIENTO (50%) a partir del 15 de mayo de 2016 y el CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante a partir de noviembre de 2016, cuya fecha de vencimiento será el día 15 de noviembre de 2016, requiriendo este pago semestral de la aprobación técnica por parte de la DIRECCIÓN DE INVESTIGACION PARA LA SALUD - EX COMISIÓN NACIONAL SALUD INVESTIGA.

ARTÍCULO 10. — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese. — JORGE DANIEL LEMUS, Ministro, Ministerio de Salud.

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI

e. 10/08/2016 N° 55641/16 v. 10/08/2016

Fecha de publicación 10/08/2016