MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 831/2016
Prorrógase designación de la Directora del Centro Nacional de Genética Médica “Dr. Eduardo E. Castilla”.
Buenos Aires, 10/08/2016
VISTO el Expediente Nº 1-2095-S01:0000165/2012 del registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, los Decretos Nros. 1628 del 23 de diciembre de 1996, 1133 del 25 de agosto del 2009, Nº 227 del 20 de enero de 2016, 1016 del 25 de julio del 2013, 1875 del 16 de octubre de 2014 y 1454 del 29 de julio de 2015 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1016/13 se designó transitoriamente desde el 25 de julio del 2013 por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en la Función de Directora del CENTRO NACIONAL DE GENÉTICA MÉDICA “Dr. Eduardo E. CASTILLA” (CNGM), dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” —ANLIS— organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, a la Doctora Da. Liliana Graciela ALBA (D.N.I. Nº 12.010.375), Categoría Profesional Principal, autorizándose el pago del suplemento por Función Directiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto Nº 1133 de fecha 25 de agosto de 2009.
Que dicha designación transitoria preveía asimismo que el cargo involucrado debía ser cubierto conforme con los sistemas de selección vigentes y requisitos previstos respectivamente, en el artículo 37 y los Títulos II, Capítulo II y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud homologado por el Decreto Nº 1133 de fecha 25 de agosto de 2009, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la fecha indicada en el artículo 1º del referido Decreto.
Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignado el CENTRO NACIONAL DE GENÉTICA MÉDICA “Dr. Eduardo E. CASTILLA” (CNGM), resulta oportuno y conveniente disponer una prórroga de la designación transitoria de la funcionaria mencionada.
Que la profesional citada se encuentra actualmente desempeñando el cargo referido y se encuentra acreditado en autos la certificación de servicios correspondiente.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno, habiéndose acreditado la disponibilidad presupuestaria correspondiente, con cargo al presupuesto del organismo proponente.
Que el servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente del Organismo y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Decreto Nº 227 del 20 de enero de 2016.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º — Prorrógase a partir del 5 de octubre del 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria de la Doctora Da. Liliana Graciela ALBA (D.N.I. Nº 12.010.375) dispuesta por el Decreto Nº 1016/13, prorrogada por sus similares Nº 1875/14 y Nº 1454/15 en la Función de Directora del CENTRO NACIONAL DE GENÉTICA MÉDICA “Dr. Eduardo E. CASTILLA” (CNGM), dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” —ANLIS— organismo descentralizado de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, Categoría Profesional Principal, autorizándose el pago del suplemento por Función Directiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto Nº 1133 de fecha 25 de agosto de 2009.
ARTÍCULO 2° — La función involucrada deberá ser cubierta de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 37 y en el Título II, Capítulo II y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133 de fecha 25 de agosto de 2009, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1º del presente Decreto.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Entidad 906 – ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS) dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.
Fecha de publicación 11/08/2016