INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 1546/2016
Buenos Aires, 11/08/2016
VISTO los Expedientes Nros. 6270/2016 y 9732/2015 del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001), la Resolución RD-1342 del 30 de abril del 2014 del Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata —FONPLATA—, la Resolución INCAA N° 1908 del 12 de agosto 2014, la Resolución INCAA N° 2241 del 05 de septiembre de 2014, el Contrato de Préstamo ARG-020/2014, el Decreto N° 02 de fecha 05 de enero de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 17.741 y sus modificatorias, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República Argentina y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional.
Que el Director Ejecutivo del FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) emitió la Resolución RD-1342 el 30 de abril de 2014, mediante la cual aprobó el financiamiento a favor de la República Argentina destinado al proyecto “Creación de un Ente Nacional de Programación y una Red de Salas Cinematográficas para la Promoción y Difusión de Contenidos Audiovisuales de la Región”.
Que por Resolución N° 1908/14/INCAA el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES resuelve crear el ENTE NACIONAL DE PROGRAMACIÓN y RED DE SALAS CINEMATOGRÁFICAS PARA LA PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DE LA REGIÓN.
Que por Resolución N° 2241/14/INCAA se crea la UNIDAD EJECUTORA DEL PRÉSTAMO ARG-020/2014 que tiene como funciones la puesta en marcha de las actividades necesarias para el cumplimiento del contrato de préstamo firmado.
Que el CONTRATO DE PRÉSTAMO ARG-20/2014 celebrado entre la República Argentina y FONPLATA fue aprobado por Decreto N° 02/2015 y publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 13 de enero de 2015.
Que el 9 de marzo de 2015, LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, emitió Dictamen DGAJ N° 250359 informando que los procedimientos de contrataciones serán llevados según las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Servicios de FONPLATA” en tanto la normativa nacional, “Reglamento de Contrataciones del INCAA”, podría resultar de aplicación supletoria.
Que en el marco de los Objetivos del Plan Operativo Anual N° 1, aprobado por FONPLATA en Nota GOP/OPS/202/2015 de 26 de mayo de 2015, se contempla “La Adquisición de Logística e Instalación de Hardware y Software, para la puesta en funcionamiento del Ente Nacional de Programación, a localizarse en la República Argentina”.
Que con fecha 17 de mayo de 2016 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina el llamado a Licitación Pública Internacional N° 1/2016/INCAA para la Adquisición, Logística e Instalación de un Hardware y Software para la puesta en funcionamiento del Ente Nacional de Programación Regional a localizarse en la República Argentina.
Que el día 22 de junio de 2016 se realizó el acto de Apertura de Ofertas correspondiente al Llamado a la Licitación Pública Internacional N° 1.
Que es menester crear una Comisión Técnica Evaluadora que llevará a cabo el análisis de las propuestas presentadas en cada uno de los lotes conformantes de la Licitación Pública Internacional N° 1 en relación a los aspectos requeridos en la Sección II IAO 11.1 (Datos de la Licitación) y la Sección VI Lista de Bienes y Servicios según los Criterios de Evaluación fijados en el IAO 36.6 de la misma.
Que las Política de Adquisición y Contrataciones para los Préstamos y Beneficiarios de FONPLATA establecen en su Capítulo II, Titulo C, Apartado 02.r: “El análisis de las ofertas será realizado por una comisión especialmente designada para ello, que estará integrada por representantes del Prestatario, Beneficiario u OE o especialistas especialmente designados para ello.”.
Que la Comisión Técnica Evaluadora estará integrada por CUATRO (4) miembros que a tales fines designe el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Que en cumplimiento de lo expuesto es necesario designar a los miembros que integrarán la Comisión Técnica Evaluadora.
Que la Gerencia General y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado intervención.
Que el dictado del presente acto se encuentra fundamentado legalmente en el contrato del préstamo 020-2014 y el decreto de su aprobación 02-2015, y el Capítulo II, Titulo C, Apartado 02.r de las Política de Adquisición y Contrataciones para los Préstamos y Beneficiarios de FONPLATA.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 17.741 y sus modificatorias (t.o Decreto N° 1248/01) y Decreto N° 302/2016.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Desígnase como miembros de la Comisión Técnica Evaluadora a la Contadora Analía Vanesa LOURO (D.N.I. 25.332.398), en su rol de Coordinadora de la Unidad de Ejecución del Proyecto ARG-020/2014 dependiente de la Unidad de Digitalización y Nuevas Tecnologías Audiovisuales de la Gerencia de Tecnología, a la Señora Florencia ARIAS (D.N.I. 25.772.042), en su rol de Responsable de la Unidad de Control de Gestión dependiente de la Jefatura de Gabinete del Organismo, al Doctor Matías Adrián SCHASKY LEGUER (D.N.I. 28.640.662), en representación de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y al Ingeniero José Hernán CABRAL (D.N.I. 25.822.208) en su rol de Técnico Especialista en representación de la Señal INCAATV dependiente de la Gerencia de Exhibición y Medios del Instituto a los fines de evaluar las presentaciones realizadas por los oferentes a la Licitación Pública Internacional N° 1 del 2016 “Adquisición, logística e instalación de Hardware y Software, para la puesta en funcionamiento del Ente Nacional de Programación, a localizarse en la República Argentina”.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — RALPH HAIEK, Vicepresidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 17/08/2016 N° 57619/16 v. 17/08/2016
Fecha de publicación 17/08/2016