MINISTERIO DE TRANSPORTE AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 357/2016
Buenos Aires, 10/08/2016
VISTO el Expediente N° S02:0018504/2016 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449, N° 26.363, sus normas reglamentarias, y Disposición ANSV N° 380/12 y N° 555/13 y modificatorias.
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición ANSV N° 499 del 2 de septiembre de 2014 se incorporó y registro a la O.N.G. CREANDO CONCIENCIA URBANA al REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACION Y CAPACITACION VIAL, y se renovó su inscripción mediante Disposición ANSV N° 740 del 30 de noviembre de 2015, conforme a lo regulado mediante la Disposición ANSV N° 380/2012 y modificatorias, a los fines de habilitarla a presentar cursos y programas de estudio ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, para su eventual aprobación y registro.
Que en el presente marco, la O.N.G. CREANDO CONCIENCIA URBANA, ha presentado oportunamente a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, el curso denominado, CURSO ESPECIAL DE EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL CORRECTO USO DE LA VIA PÚBLICA para su evaluación y eventual aprobación e inscripción, en el marco de lo dispuesto por la Disposición ANSV N° 555/2013.
Que atento ello, el CENTRO DE FORMACION EN POLITICAS Y GESTION DE LA SEGURIDAD VIAL dependiente de la DIRECCION EJECUTIVA de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, ha evaluado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el procedimiento vigente en la materia, como así también los contenidos del curso presentado, emitiendo consecuentemente el respectivo informe técnico de factibilidad de inscripción del mismo en la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.
Que en consecuencia, corresponde dictar el presente acto administrativo aprobando y registrando en el Registro Nacional de Antecedentes en Educación y Capacitación Vial, el curso denominado CURSO ESPECIAL DE EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL CORRECTO USO DE LA VIA PÚBLICA, presentado por la O.N.G. CREANDO CONCIENCIA URBANA.
Que el CENTRO DE FORMACION EN POLITICAS Y GESTION DE LA SEGURIDAD VIAL, ha tomado intervención dentro de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en conformidad con las competencias expresamente atribuidas por el artículo 7° inciso b) de la Ley N° 26.363.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Apruébese y Regístrese en el Registro Nacional de Antecedentes en Educación y Capacitación vial, el curso denominado CURSO ESPECIAL DE EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL CORRECTO USO DE LA VIA PÚBLICA, presentado por la O.N.G. CREANDO CONCIENCIA URBANA, en el marco de lo previsto por la Disposición ANSV N° 380/12, N° 555/2013 y modificatorias.
ARTÍCULO 2° — La aprobación y registración otorgada mediante el artículo 1° de la presente medida, tendrá una vigencia de UN (1) año, a partir de su publicación en el Boletín Oficial, debiendo su titular interesado, iniciar previo a su vencimiento, el trámite de renovación de vigencia conforme al procedimiento vigente.
ARTÍCULO 3° — La vigencia indicada en el artículo 2° de la presente medida, quedara supeditada al cumplimiento por parte de la O.N.G. CREANDO CONCIENCIA URBANA, de lo regulado por la Disposición ANSV N° 380/2012 y modificatorias, encontrándose facultado el CENTRO DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS Y GESTIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL, a implementar auditorías periódicas o permanentes tendientes a corroborar el cumplimiento de los recaudos exigidos en la normativa vigente, y sugerir la baja del registro cuando corresponda ante incumplimientos acreditados.
ARTÍCULO 4° — Instrúyase al CENTRO DE FORMACIÓN EN POLITICAS Y GESTION DE LA SEGURIDAD VIAL a incorporar al sistema informático, asignar número de registro, emitir y notificar el correspondiente Certificado de Aprobación del curso denominado CURSO ESPECIAL DE EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL CORRECTO USO DE LA VIA PÚBLICA, a favor de la O.N.G. CREANDO CONCIENCIA URBANA.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — CARLOS A. PEREZ, Director Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio de Transporte.
e. 22/08/2016 N° 58921/16 v. 22/08/2016
Fecha de publicación 22/08/2016