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18 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano 1656, COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO EL TROPEZON LIMITADA (MATRICULA 15716), COOPERATIVA DE CREDITO CONSUMO VIVIENDA SERVICIOS PUBLICOS Y TURISMO LA MEJOR COOPERATIVA LIMITADA (MATRICULA 15799), COOPERATIVA DE PROVISION TRANSDFORMACION COMERCIALIZACION Y CONSUMO DE TABACALEROS DEPARTAMENTO DE BERMEJO (MATRICULA 15884), COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO EL CHANGUITO LIMITADA (MATRICULA 16288), COOPERATIVA DE COMERCIALIZACION Y TRANSFORMACION APICOLA AVICOLA Y DE VIVIENDA EIRETE LIMITADA (matricula 16826), que el Directorio de este Organismo ha ordenado, respecto de las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se les imputan en los respectivos expedientes y providencias que se indican entre paréntesis. Dicho sumario tramitará por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución 3369/09 y Resol. N° 403/2013, por hallarse suspendida la autorización para funcionar en tanto que se encuentran comprendidas en la situación prescripta en los artículos 1° y/o 2° de la Resolución 3369/09, por lo expuesto y en atención al estado del presente actuado adécuese a lo dispuesto a la resolución mencionada. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designado el suscripto como instructor sumariante y en tal carácter se le acuerda a las citadas entidades el plazo de diez (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intente valerse (Art. 1° inc. F ap. 1 y 2 de la Ley 19.549). Admitiendo solo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo estatuido por los Arts. 19 a 22 del Decreto N° 1759/72 Reglamentario de la Ley 19549 (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl. 1759 (T.O. 1991). — Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 25/08/2016 N° 60332/16 v. 29/08/2016

Fecha de publicación 26/08/2016