MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Resolución 67/2016
Buenos Aires, 10/08/2016
VISTO, la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 53, de fecha 4 de julio de 2016, del Registro del MINISTERIO de TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que en la citada Resolución se determinaron las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de FLORICULTURA Y VIVEROS, en el ámbito de la Provincia de ENTRE RIOS.
Que, habiéndose observado errores materiales en los importes de las remuneraciones mínimas aprobadas y determinadas por la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, las representaciones sectoriales coinciden en proceder a su rectificación.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL
DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Rectificase el Anexo de la Resolución C.N.T.A. N° 53, de fecha 4 de julio de 2016, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA JULIA SQUIRE, Presidenta C.N.T.A. — Sr. JUAN JOSÉ GHILHAMELOU, Rep. Ministerio de Agroindustria. — Lic. CAROLINA SZPAK, Rep. Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas. — Dr. ABEL GUERRIERI, Rep. Sociedad Rural Argentina. — Dr. ALBERTO FRANCISCO FROLA, Rep. Confederaciones Rurales Argentinas. — Sr. JORGE HERRERA, Rep U.A.T.R.E. — Sr. ERNESTO RAMÓN AYALA, Rep. U.A.T.R.E.
ANEXO
REMUNERACIONES MINIMAS PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPENIA EN LA ACTIVIDAD DE FLORICULTURA Y VIVEROS, EN EL AMBITO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS
VIGENCIA: desde el 1° de febrero de 2016, hasta el 31 de julio de 2016.
Por mes Sin SAC $ | Por día Sin SAC $ | |
Trabajador no calificado | 7.694,58 | 366,98 |
Trabajador semi calificado | 8.347,07 | 405,95 |
Trabajador calificado | 9.234,47 | 429,87 |
Capataz | 10.529,57 | |
Encargado | 11.107,37 |
e. 29/08/2016 N° 61086/16 v. 29/08/2016
Fecha de publicación 29/08/2016