MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución 40021/2016
Expediente N° SSN: 0000186/2015 - Anticipar Compañía de Seguros S.A. - Seguro Colectivo de Vida. Síntesis:
02/09/2016
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a ANTICIPAR COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., a operar en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA en el Ramo VIDA - sin constitución de Reservas Matemáticas, con la documentación correspondiente al Plan de Seguro de Vida Colectivo obrante en el presente Expediente, de acuerdo al siguiente detalle: Condiciones Generales (fs. 2/10 del folio 14 y sus aclaraciones a fs. 1 del folio 8 y a fs. 1 del folio 11), Cláusula Adicional de Invalidez Total y Permanente (fs. 10/12 del folio 11), Anexo N° 1 - Riesgos No Cubiertos (fs. 13 del folio 11, fs. 11 del folio 14), Certificado Individual (fs. 20/22 del folio 11), Solicitud para el Contratante (fs. 12/13 del folio 14), Solicitud Individual de Seguro de Vida Colectivo (fs. 14/15 del folio 14), Condiciones Particulares (fs. 16/19 del folio 14), Denuncia de Fallecimiento (fs. 20 del folio 14), Formulario de Siniestro para Coberturas de Invalidez (fs. 21/23 del folio 14), Nota Técnica (fs. 24/28 del folio 11), Bases Técnicas (fs. 41/42 del folio 8 y fs. 29/35 del folio 11).
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. EDGARDO ISAAC PODJARNY, Superintendente de Seguros de la Nación.
e. 06/09/2016 N° 64324/16 v. 06/09/2016
Fecha de publicación 06/09/2016