ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE RÍO GALLEGOS
(Art. 1101 y 1013 inc. “h” C.A.)
EDICTO
Se notifica a los interesados que abajo se detallan, de las resoluciones de condena dictadas por esta Administración, detallándose los importes en concepto de multa y tributos que deben abonar dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la presente publicación. Vencido el mismo, los importes indicados serán exigidos con más los accesorios que prevée el Código Aduanero. Que conforme lo instruido mediante la I.G. 05/2010 (AFIP) los interesados deberán tener presente lo establecido en el artículo 1025 del Código Aduanero.
SUMARIO | RESOL | CAUSANTE | CI | MULTA | TRIBUTO | C.A ART. | PENA ACCESORIA |
14997-97-2014 | 376-16. | Araya Alvarez Osvaldo Esteban | 14.607.130 | $ 37.835,78 | 970 | COMISO |
SILVA ANDREA SANZ, Administradora (I), División Aduana Río Gallegos.
e. 07/09/2016 N° 64638/16 v. 07/09/2016
Fecha de publicación 07/09/2016