ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE RÍO GALLEGOS
(Art. 1101 y 1013 inc. “h” C.A.)
EDICTO
Se notifica a los interesados que abajo se detallan, de las resoluciones de condena dictadas por esta Administración, detallándose los importes en concepto de multa y tributos que deben abonar dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la presente publicación. Vencido el mismo, los importes indicados serán exigidos con más los accesorios que prevé; el Código Aduanero. Que conforme lo instruido mediante la I.G. 05/2010 (AFIP) los interesados deberán tener presente lo establecido en el artículo 1025 del Código Aduanero. Fdo. Berazay Francisco - Administrador a/c Aduana Río Gallegos.
SUMARIO | RESOL. | CAUSANTE | DNI/CI/CUIT/RUN/PAS/CI | MULTA | TRIBUTO | CA ART. | PENA ACCESORIA |
14997-25-2013 | 213-14 | CIAFRELLI Paulo Cesar | 26.924.921 | $ 2.925,04 | 947 | COMISO |
SILVA ANDREA SANZ, Administradora (I), División Aduana Río Gallegos.
e. 07/09/2016 N° 64645/16 v. 07/09/2016
Fecha de publicación 07/09/2016