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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 535 - E/2016

Buenos Aires, 02/08/2016

VISTO el Expediente N° 1.692.600/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/6 del Expediente N° 1.692.600/15, obran el acuerdo y sus anexos celebrados entre la FEDERACIÓN DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FOEESITRA) por el sector gremial y TELEFÓNICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empresaria, ratificado a fojas 32 por medio del Acta que lo integra, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido prorrogar el período de transición del Plan de Carreras acordado en el punto E del Anexo del acta de fecha 23 de Septiembre de 2011, con las consideraciones y prescripciones que obran en el texto al cual se remite.

Que el ámbito territorial y personal del acuerdo se corresponde con la actividad de la Entidad empleadora signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Declárese homologado el acuerdo y sus anexos obrantes a fojas 2/6, celebrado entre la FEDERACIÓN DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FOEESITRA) y TELEFÓNICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado a fojas 32 por medio del Acta que lo integra, del Expediente N° 1.692.600/15, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º — Regístrese la presente Resolución por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo y sus anexos obrantes a fojas 2/6 del Expediente N° 1.692.600/15.

ARTÍCULO 3º — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales.

Expediente N° 1.692.600/15
Buenos Aires, 09 de Agosto de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 535/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 829/16.

Anexo A - Acta del 27/5/15


Año
Total de promociones a realizar por concurso y convocatoria *
2016750
2017385
2018**


* La cantidad de promociones previstas en el cuadro precedente no incluye las promociones que surjan en virtud de lo dispuesto en el último párrafo del punto SEGUNDO, ni las que surjan de las convocatorias fijadas en los puntos TERCERO inciso b) y CUARTO, 4to. párrafo del acta del 26/5/15. Las promociones que surgen de lo dispuesto en el último párrafo del punto SEGUNDO del presente, se encuentran dentro del cupo establecido en el punto SEGUNDO del acta del 26/5/15.
** La cantidad de promociones a realizar en el año 2018, será la que resulte necesaria para cumplimentar los objetivos dispuestos en el plan de carreras para las funciones de “Oficial Superior” y “Oficial Especializado” al finalizar el período de transición.

Anexo B - Acta del 27/5/15

Fecha de publicación 08/09/2016