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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 504 - E/2016

Buenos Aires, 28/07/2016

VISTO el Expediente Nº 1.706.663/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 14 y Actas Complementarias de fojas 15 y 23, y a fojas 24 y Acta Complementaria de fojas 91 lucen acuerdos celebrados por el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PARQUE PRIVADOS y la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS “LA UNION LIMITADA” por la parte empresaria.

Que a fojas 54 y Actas Complementarias de fojas 53 y 92, y a fojas 56 y Acta Complementaria de fojas 55 lucen acuerdos celebrados por el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la CORPORACIÓN DEL CEMENTERIOS BRITANICO DE BUENOS AIRES y la CONGREGACIÓN EVANGÉLICA ALEMANA BUENOS AIRES, por el sector empleador.

Que los acuerdos indicados son celebrados en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 695/14, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el acuerdo de fojas 15 y Acta Complementaria de fojas 14 y 23 establece los básicos salariales con vigencia desde Abril a Septiembre de 2016.

Que el acuerdo de fojas 24 y Acta Complementaria de fojas 91 establece una cuota solidaria para los trabajadores representados por los firmantes.

Que el acuerdo de fojas 54 y Acta Complementaria de fojas 53 establece los básicos salariales para los firmantes y mediante el acta Complementaria de fojas 92 se establece una cuota solidaria.

Que el acuerdo de fojas 56 y Acta Complementaria de fojas 55 establece el pago de dos sumas no remunerativas, en las condiciones y plazos allí establecidos.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos y ratificaron su contenido.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y las entidades sindicales signatarias, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.

Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada a fojas 56, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/2015.

Que posteriormente corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a su competencia, determine si resulta pertinente elaborar el Proyecto base Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1974) y sus modificaciones.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PARQUE PRIVADOS y la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS “LA UNION LIMITADA” por la parte empresaria, que luce a fojas 14 y Actas Complementarias de fojas 15 y 23 del Expediente N° 1.706.663/16.

ARTÍCULO 2° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PARQUE PRIVADOS y la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS “LA UNION LIMITADA” por la parte empresaria, que luce a fojas 24 y Actas Complementarias de fojas 91 del Expediente N° 1.706.663/16.

ARTÍCULO 3° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la CORPORACIÓN DEL CEMENTERIO BRITÁNICO BUENOS AIRES y la CONGREGACIÓN EVANGÉLICA ALEMANA DE BUENOS AIRES por la parte empresaria, que luce a fojas 54 y Actas Complementarias de fojas 53 y 92 del Expediente N° 1.706.663/16.

ARTÍCULO 4° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la CORPORACIÓN DEL CEMENTERIO BRITÁNICO BUENOS AIRES y la CONGREGACIÓN EVANGÉLICA ALEMANA DE BUENOS AIRES por la parte empresaria, que luce a fojas 56 y Acta Complementaria de fojas 55 del Expediente N° 1.706.663/16.

ARTÍCULO 5° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la Subsecretaría de Coordinación. Cumplido pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre los acuerdos obrantes a fojas 14, 24, 54, 56 y 91 Y Actas Complementarias de fojas 15, 23, 53 y 92 del Expediente N° 1.706.663/16.

ARTÍCULO 6° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a su competencia, determine si resulta pertinente elaborar el Proyecto base Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1974) y sus modificaciones.- Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo junto al Convenio Colectivo de Trabajo N° 695/14.

ARTÍCULO 7° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales.

Expediente N° 1.706.663/16
Buenos Aires, 05 de Agosto de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 504/16 se ha tomado razón del acuerdo y actas complementarias obrante a fojas 14, 15 y 23 del expediente principal; del acuerdo y actas complementarias obrante a fojas 24 y 91 del expediente principal; del acuerdo y actas complementarias obrante a fojas 54, 53 y 92 del expediente principal; del acuerdo y acta complementaria obrante a fojas 56 y 55 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 799/16; 800/16; 801/16 y 802/16 respectivamente.

ESC. ANT.2016
nov-15abr-16
1$ 12.692$ 15.230
2$ 11.660$ 13.992
3$ 10.256$ 12.307
4$ 9.823$ 11.823
5$ 9.239$ 11.239
6$ 9.012$ 11.012


Z2

ESC. ANT.2016
nov-15abr-16
1$ 12.275$ 14.730
2$ 11.281$ 13.538
3$ 9.931$ 11.931
4$ 9.513$ 11.513
5$ 8.953$ 10.953
6$ 8.733$ 10.733


Z3

ESC. ANT.2016
nov-15abr-16
1$ 11.389$ 13.667
2$ 10.496$ 12.595
3$ 9.416$ 11.416
4$ 8.910$ 10.910
5$ 8.415$ 10.415
6$ 8.198$ 10.198


Expediente N° 1.706.663/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de ABRIL de 2016, siendo las 12:45 horas, comparece espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante mí, Dra. Gladys IEMMA; en representación de la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS “LA UNION LIMITADA”, con domicilio en la calle Federico Lacroze N° 3914, CABA, el Sr. Adolfo Jose MAZZIERI, en calidad de Presidente.
Abierto el acto por la funcionaria actuante, el presentante manifiesta que designa como miembros que conformaran la negociación que tramita en las presentes a: los Señores Adolfo Jose MAZZIERI (DNI 8.253.907), y Jorge BRAVO (DNI 8.519.150).
Acto seguido, solicita se otorgue vista de lo actuado, y manifiesta que habiendo tomado conocimiento del Acuerdo alcanzado en autos, cuyas escalas salariales dan cuenta a foja 15, adhiere al mismo, solicitando su alcance y homologación.
En este estado, y no siendo para más a las 13.15 horas, se da por finalizado el acto, firmando el compareciente al pie del presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente N° 1.706.663/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de ABRIL de 2016, siendo las 12:45 horas, comparece espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante mí, Dra. Gladys IEMMA; en representación de la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS “LA UNION LIMITADA”, con domicilio en la calle Federico Lacroze N° 3914, CABA, el Sr. Adolfo Jose MAZZIERI, en calidad de Presidente, por el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, lo hacen los Sres Domingo PETRECCA, en su carácter de Secretario General y Salvador VALENTE, Secretario Gremial de la entidad sindical.
Abierto el acto por la funcionaria actuante, el presentante manifiesta que designa como miembros que conformaran la negociación que tramita en las presentes a: los Señores Adolfo Jose MAZZIERI (DNI 8.253.907), y Jorge BRAVO (DNI 8.519.150).
Acto seguido, solicita se otorgue vista de lo actuado, y manifiesta que habiendo tomado conocimiento del Acuerdo alcanzado en autos, cuyas escalas salariales dan cuenta a foja 15, adhiere al mismo, solicitando su alcance y homologación.
Cedida la palabra al sector sindical expone que conjuntamente con el acuerdo salarial suscripto, solicita la homologación de la cuota de solidaridad prevista en el Artículo 9 de la Ley N° 14.250, para todos los trabajadores, a los cuales se les aplique el acuerdo salarial, por un monto de 1 % (uno), y cuya duración será igual a la duración del citado acuerdo. Dicha cláusula se establece en compensación por la gestión de negocios cumplida por la Asociación Sindical que culminó con el aumento salarial acordado.
En este estado, y no siendo para más a las 13.15 horas, se da por finalizado el acto, firmando el compareciente al pie del presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente N° 1706663/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de junio de 2016, siendo las 11.00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, ante la Dra. Gladys IEMMA; en representación del SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, concurre el Sr. Salvador VALENTE, Secretario Gremial, en representación de la CAMARA ARGENTINA DE CEMENTERIOS PARQUE PRIVADOS (CACEPRI), el Dr. Guillermo MORENO HUEYO, por la COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDADORES DE SEPULCROS DE CEMENTERIOS “LA UNION LIMITADA”, concurre el Sr. Adolfo MAZZIERI, en su carácter de Presidente.
Abierto el acto por la funcionaria actuante, se hace saber a las partes que han sido convocadas a efectos de cumplimentar lo requerido en el Dictamen N° 2180.
Acto seguido, la representación de CACEPRI y la entidad sindical manifiestan que 1) tal lo expresado en el Acta de fecha 13 de abril proceden a ratificar la designación de miembros paritarios que constan en la Disposición N° 354, cuya copia acompañan, signando la misma en este acto.
Asimismo, las partes intervinientes en conjunto ratifican expresamente lo acordado a fojas 24, tal lo requerido en el punto 3, del Dictamen cuyo cumplimiento se persigue, recibiendo copia certificada del Acta referida, la representación de CACEPRI.
Por último la Cooperativa de Trabajo solicita un plazo de 48 hs a efectos de acompañar copia de la distribución de cargos vigentes.
En este estado, y no siendo para más a las 11.45 horas, se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes al pie del presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
C.C.T. 695/14 CORPORACION CEMENTERIO BRITANICO
CONGREGACION EVANGELICA ALEMANA
ESCALA SALARIAL INCREMENTO 20%
JULIO A DICIEMBRE DE 2016


CATEGORIA 1°
15.581,99
CATEGORIA 2°12.351,55
CATEGORIA 3°11.193,00
CATEGORIA 4°9.750,47


Expediente N° 1.706.663/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 10 días del mes de junio de 2016, siendo las 11.00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL -Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 2, Dra. Gladys IEMMA; en representación en representación del SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el Sr. Domingo PETRECCA, Secretario General y el Sr. Salvador VALENTE, en su carácter de Secretario Gremial, la CORPORACIÓN DEL CEMENTERIO BRITÁNICO DE BUENOS AIRES, con domicilio constituido en Avda. Paseo Colón 221, Piso 8°, el Dr. Manuel DÍEZ SELVA (DNI 21481010), miembro paritario y apoderado; y en representación de la CONGREGACIÓN EVANGÉLICA ALEMANA DE BUENOS AIRES, con domicilio en la calle Elcano 4530, CABA, el Dr. José María GIUDICE en su carácter de apoderado.
Abierto el acto por la funcionaria actuante, luego de un amplio intercambio de opiniones, las partes manifiestan que han acordado los nuevos valores descriptos en la grilla salarial correspondiente al periodo julio diciembre de 2016 solicitando se tenga presente, la escala salarial suscripta, ratificando la mismas en todos sus términos y solicitando su homologación.
Asimismo, las partes en conjunto manifiestan que en relación a las condiciones generales de trabajo de los dependientes que revisten en la categoría tercera y cuarta, asumen el compromiso de reunirse a efectos de evaluar la situación de los mismos, sin perjuicio de ello, y a efectos de continuar tratando las condiciones salariales de los trabajadores, las partes se reunirán en el ámbito privado a partir del mes de setiembre del año en curso.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante, hace saber a las mismas que el presente trámite queda sujeto al control de legalidad, conforme lo establecido por la Ley N° 14.250.
En este estado, y no siendo para más a las 12.30 horas, se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes al pie del presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación ante mí, que CERTIFICO.
Expediente N° 1706663/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 4 días del mes de julio de 2016, siendo las 11.45 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL-Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 2, Dra. Gladys IEMMA; en representación en representación del SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el Sr. Salvador VALENTE, en su carácter de Secretario Gremial, la CORPORACIÓN DEL CEMENTERIO BRITÁNICO DE BUENOS AIRES, el Dr. Manuel DÍEZ SELVA miembro paritario y apoderado; y en representación de la CONGREGACIÓN EVANGÉLICA ALEMANA DE BUENOS AIRES, el Dr. José María GIUDICE en su carácter de apoderado.
Abierto el acto por la funcionaria actuante, luego de un amplio intercambio de opiniones, las partes manifiestan que junto con el Acuerdo suscripto con fecha 10 de junio de 2016, solicitan la homologación de la cuota de solidaridad prevista en el Artículo 9 de la Ley N° 14.250, para todos los trabajadores a los cuales se les aplique el acuerdo salarial, por un monto de 1 % (uno) y cuya duración será igual a la duración del citado acuerdo.
Asimismo la Congregación Evangélica Alemana de Buenos Aires acompaña la documental que se agrega en este acto.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante, hace saber a las mismas que el presente trámite queda sujeto al control de legalidad, conforme lo establecido por la Ley N° 14.250.
En este estado, y no siendo para más a las 12.30 horas, se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes al pie del presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
En la ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de mayo de 2016, se reúnen, en representación del Sindicato Obreros y Empleados de Cementerios de la República Argentina, Domingo Petrecca; en representación de la Congregación Evangélica Alemana, el Dr. José María Giudice; y en representación de la Corporación del Cementerio Británico en Buenos Aires, el Dr. Manuel Diez Selva, quienes manifiestan que han llevado reuniones en el ámbito privado en virtud del desfasaje producido en el nivel salarial del CCT N° 695/14, dado el sensible aumento del costo de vida que se ha producido desde el mes de octubre de 2015 hasta la fecha. Como resultado de las mismas, las partes han considerado prudente establecer el pago de sumas no remunerativas que sirvan para paliar esta difícil situación, hasta tanto tengan resultado las negociaciones para fijar salarios en el segundo semestre del año en curso.
En tal sentido, las partes acuerdan el pago de una suma mensual, fija y no remunerativa de pesos dos mil ($ 2.000) que será abonada a los trabajadores junto con los salarios del mes de mayo de 2016, y de pesos un mil ($ 1.000), que será abonada junto con los salarios del mes de junio de 2016.
Las partes se comprometen a presentar este acuerdo ante la Dirección de Relaciones Laborales N° 2 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, requiriendo su homologación.
En prueba de conformidad, se suscriben cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor.
Expediente N°: 1.706.663/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 10 días del mes de junio de 2016, siendo las 13.00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL-Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 2, Dra. Gladys IEMMA; en representación en representación del SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el Sr. Domingo PETRECCA, Secretario General y el Sr. Salvador VALENTE, en su carácter de Secretario Gremial, la CORPORACIÓN DEL CEMENTERIO BRITÁNICO DE BUENOS AIRES, con domicilio constituido en Avda. Paseo Colón 221, Piso 8°, el Dr. Manuel DÍEZ SELVA) miembro paritario y apoderado; y en representación de la CONGREGACIÓN EVANGÉLICA ALEMANA DE BUENOS AIRES, con domicilio en la calle Elcano 4530, CABA, el Dr. José María GIUDICE en su carácter de apoderado.
Abierto el acto por la funcionaria actuante, luego de un amplio intercambio de opiniones, las partes manifiestan que adjuntan en este acto el Acuerdo suscripto con fecha 26 de mayo de 2016, el que acompañan en 1 (una) foja, solicitando su homologación.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante, hace saber a las mismas que el presente trámite queda sujeto al control de legalidad, conforme lo establecido por la Ley N° 14.250.
En este estado, y no siendo para más a las 13.30 horas, se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes al pie del presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.

Fecha de publicación 13/09/2016