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4 de Junio de 1970

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución 26/2016

Asunto: Vigencia habilitación Ocasional Paso Fronterizo “Escombrera Cerro Amarillo”. División Aduana de San Juan.

Buenos Aires, 12/09/2016

VISTO la Actuación SIGEA N° 12237-10-2015/9 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario establecer fehacientemente una fecha de entrada en vigencia de la Resolución N° 21, de la Dirección General de Aduanas, de fecha 29 de agosto de 2016, por la cual se resolvió habilitar el Paso Fronterizo “Escombrera Cerro Amarillo”, ubicado aproximadamente en las coordenadas geográficas WGS 84 31° 41’ 35,83” Latitud Sur y 70° 29’ 44,59” Longitud Oeste, Provincia de San Juan, de conformidad a lo requerido por la Secretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de Gobierno de la Provincia de San Juan.

Que al mismo tiempo y en atención a la implicancia que la medida adoptada conlleva, se estima pertinente su publicación en el Boletín Oficial.

Que a tal efecto, se impone el dictado de un acto administrativo que complemente y aclare la Resolución antes mencionada.

Que ha tomado intervención la Subdirección General Técnico Legal Aduanera y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que la presente se dicta en función a las atribuciones concedidas por el artículo 9 apartado 2 inciso p) del Decreto 618/97 de fecha 10 de julio de 1997 y por el artículo 2 de la Disposición AFIP N° 290/2016.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS
A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Amplíese el Artículo 3° de la Resolución N° 21, de la Dirección General de Aduanas, de fecha 29 de agosto de 2016, ordenando la publicación de la misma a través de la Dirección Nacional del Registro Oficial.

ARTÍCULO 2° — Aclarase que la Resolución N° 21/2016 (DGA) entró en vigencia el día 29 de agosto de 2016, fecha de su suscripción.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese. Publíquese en el Boletín de esta Dirección General de Aduana y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección de Asuntos Internacionales a fin de que efectúen las comunicaciones pertinentes. Pase a la División Aduana de San Juan para su conocimiento y comunicación al Juzgado Federal de San Juan N° 1 y a la Comisión Verificadora de Aislamiento de la Escombrera Cerro Amarillo. — Lic. JAVIER ZABALJÁUREGUI, Director General de Aduanas a cargo de la Dirección General de Aduanas.

e. 14/09/2016 N° 67093/16 v. 14/09/2016

Fecha de publicación 14/09/2016