Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica PRODUCTOS COSMÉTICOS
Disposición 10226/2016
Prohibición de uso y comercialización.
Buenos Aires, 13/09/2016
VISTO el Expediente N° 1-47-1110-516-16-3 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;
CONSIDERANDO:
Que se inician las actuaciones referidas en el VISTO por las cuales la Dirección de Vigilancia de Productos Para la Salud —DVS División Productos Cosméticos— hace saber a fs. 1/2 las irregularidades detectadas respecto de los productos: A) “Botanika- Aloe Vera Desodorante Antitranspirante Natural, cont. neto 100 grs, L 40, V 11/17- Natier Productos naturales- Laboratorio Vantorex, Molina 424 (Avellaneda)- Legajo: 5587, MsyAs Res. N° 155/98, Ind. Argentina- e-mail: botanika@natier.com” y B) “Luna De Miel- Desodorante Natural- Extractos Puros de la Colmena - Sin Irritaciones- cont. neto 60 cc, L 16, V 06/17- Natier Productos naturales- Laboratorio Vantorex, Molina 424 (Avellaneda)- Ind. Argentina- e-mail: vantorex@natier.com”.
Que la mencionada Dirección informa que las referidas actuaciones se originaron en el marco de Control de Mercado de Productos Cosméticos, O.I. N° 2016/933-DVS-5932 se concurrió al establecimiento TINA & CO de Wu Ming Hsien, Hsien, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tomándose muestras de los productos mencionados precedentemente.
Que como consecuencia de ello, se realizó una inspección (OI N° 2016/1565-DVS-6370) en el LABORATORIO VANTOREX de Tereñas Juan Alberto, que se menciona como elaborador de los productos, habilitada ante esta Administración Nacional como elaborador de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes en las formas líquidas, semisólidos y sólidos (legajo N° 2823).
Que en dicho procedimiento el Sr. Juan José Tereñas, hijo del propietario, reconoció los productos exhibidos como propios y originales del Laboratorio Vantorex.
Que en relación al producto: “Botanika- Aloe Vera Desodorante Antitranspirante Natural, cont. neto 100 grs, L 40, V 11/17- Natier Productos naturales- Laboratorio Vantorex, Molina 424 (Avellaneda)- Legajo: 5587, MsyAs Res. N° 155/98, Ind. Argentina- e-mail: botanika@natier.com”, el Sr. Tereñas informó que el número de certificado que figura en el rótulo fue otorgado por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
Que con respecto al producto: “Luna De Miel- Desodorante Natural-Extractos Puros de la Colmena - Sin Irritaciones- cont. neto 60 cc, L 16, V 06/17- Natier Productos naturales- Laboratorio Vantorex, Molina 424 (Avellaneda)- Ind. Argentina- e-mail: vantorex@natier.com”, el Sr. Tereñas expresó que por un error involuntario en el proceso de impresión de etiquetas se omitió el número de legajo.
Que por otra parte, la DVS informa que los productos cuestionados carecen de inscripción ante esta Administración Nacional y que el Sr. Tereñas es titular de las marcas LUNA DE MIEL y BOTANIKA.
Que la DVS indica que se trata de productos que fueron puestos en el mercado sin la debida inscripción ante la Autoridad Sanitaria Nacional, los cuales carecen de los respectivos registros de producción y control de calidad, desconociéndose además si fueron formulados con ingredientes, y bajo concentraciones permitidas de acuerdo a los liniamientos de la normativa vigente.
Que por consiguiente, la DVS propicia la prohibición preventiva de uso y comercialización de los productos detallados en los ítems indicados precedentemente y la instrucción de un sumario sanitario a la firma LABORATORIO VANTOREX de TEREÑAS JUAN ALBERTO, con domicilio en la calle General Molina 424, Avellaneda, provincia de Buenos Aires, por haber presuntamente infringido el artículo 3° de la Resolución MS y AS N° 155/98.
Que desde el punto de vista procedimental esta Administración Nacional resulta competente en las cuestiones que se ventilan en estos obrados en virtud de lo dispuesto por el artículo 3° inc. c) del Decreto N° 1490/92.
Que en virtud de las atribuciones conferidas por el inciso a) del artículo 3°, inciso n) y ñ) del artículo 8° y el inciso q) del artículo 10 del Decreto N° 1490/92 las medidas aconsejadas resultan ajustadas a derecho.
Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y por el Decreto N° 101 del 16 de diciembre de 2015.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Prohíbese el uso y comercialización en todo el territorio nacional de los siguientes productos: “Botanika- Aloe Vera Desodorante Antitranspirante Natural, cont. neto 100 grs, L 40, V 11/17- Natier Productos naturales- Laboratorio Vantorex, Molina 424 (Avellaneda)- Legajo: 5587, MsyAs Res. N° 155/98, Ind. Argentina- e-mail: botanika@natier.com”; “Luna De Miel- Desodorante Natural- Extractos Puros de la Colmena - Sin Irritaciones- cont. neto 60 cc, L 16, V 06/17- Natier Productos naturales- Laboratorio Vantorex, Molina 424 (Avellaneda)- Ind. Argentina- e-mail: vantorex@natier.com”.
ARTÍCULO 2° — Instrúyase sumario sanitario a la firma LABORATORIO VANTOREX de TEREÑAS JUAN ALBERTO, con domicilio en la calle General Molina 424, Avellaneda, Pcia. de Buenos Aires, por haber presuntamente infringido el artículo 3° de la Resolución ex. MS y AS N° 155/98.
ARTÍCULO 3° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección Nacional de Regulación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud de la Nación. Comuníquese a la Dirección de Gestión de Información Técnica. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria. Dése a la Dirección de Faltas Sanitarias de la Dirección General de Asuntos Jurídicos a sus efectos. — Carlos Chiale.
Fecha de publicación 16/09/2016