MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Resolución 681 - E/2016
Buenos Aires, 13/09/2016
VISTO el Expediente EXPMINCOM Nº 227/2016 del Registro de este MINISTERIO DE COMUNICACIONES, la Resolución Nº 380 de fecha 26 de agosto de 2016 del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que en la Resolución Nº 380 de fecha 26 de agosto de 2016 del MINISTERIO DE COMUNICACIONES se deslizó un error material en la numeración de su articulado, omitiéndose la inclusión del Artículo 5° en el mismo.
Que la presente situación se encuentra contemplada como un simple error material, de simple y rápida subsanación, sin alterarse lo sustancial de la norma mencionada en el considerando precedente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 101 y concordantes en la materia, del Decreto Nº 1.759/72 T.O. 1991.
Por ello,
EL MINISTRO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Rectifícase el error material contenido en el articulado de la Resolución Nº 380 de fecha 26 de agosto de 2016 del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, y donde dice “ARTÍCULO 6°”, debe leerse “ARTÍCULO 5°”, donde dice “ARTÍCULO 7°”, debe leerse “ARTÍCULO 6°”, donde dice “ARTÍCULO 8°”, debe leerse “ARTÍCULO 7°”, donde dice “ARTÍCULO 9°”, debe leerse “ARTÍCULO 8°” y donde dice “ARTÍCULO 10°”, debe leerse “ARTÍCULO 9°”.
ARTÍCULO 2° — Notifíquese a DIRECTV ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1.759/72 (T.O. 1991).
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — OSCAR RAÚL AGUAD, Ministro, Ministerio de Comunicaciones.
e. 16/09/2016 N° 67655/16 v. 16/09/2016
Fecha de publicación 16/09/2016