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PERSONAL MILITAR

Decreto 1089/2016

Nómbrase en Misión Permanente Agregado Militar a la Embajada de la República Argentina en el Estado Plurinacional de Bolivia.

Buenos Aires, 11/10/2016

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario designar en comisión permanente, dentro de los SESENTA (60) días de la firma del presente Decreto y por término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, a UN (1) Oficial Superior perteneciente al EJÉRCITO ARGENTINO, para que se desempeñe como Agregado Militar a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Coronel de Infantería D. Paulo Javier PARDO (D.N.I. N° 16.476.617) para que desempeñe la citada función.

Que la presente designación se efectúa de acuerdo con lo establecido por la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE DEFENSA N° 646 y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO N° 651 de fecha 23 de diciembre de 2013.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que la medida propuesta se dicta en virtud de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 10 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

ARTÍCULO 1º — Nómbrase en Misión Permanente y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, dentro de los SESENTA (60) días de la firma del presente Decreto, al Coronel de Infantería D. Paulo Javier PARDO (D.N.I. N° 16.476.617) para que se desempeñe como Agregado Militar a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.

ARTÍCULO 2° — El ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO (Contaduría General del Ejército), procederá a liquidar y abonar los montos correspondientes, conforme a las normas y reglamentaciones en vigencia, a efectos de cumplir con la designación establecida.

ARTÍCULO 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas del Presupuesto General de la Administración Nacional del Ejercicio 2016 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos - JURISDICCIÓN 4521 - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.

ARTÍCULO 4° — Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgará el pasaporte correspondiente.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra. — Julio C. Martínez.

Fecha de publicación 12/10/2016