MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano 1656, NOTIFICA a las siguiente entidades COOPERATIVA CUNICOLA CENTENARIO LIMITADA (matricula 27827), COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO “EL CONDOR” LIMITADA (matricula 27995), COOPERATIVA FRUTIHORTICOLA Y APICOLA RUCA ANTU LIMITADA (matricula 27260), COOPERATIVA DE TRABAJO LA OBRERA LIMITADA (matricula 27411), COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO “OBREROS NEUQUINOS” LIMITADA (matricula 26773), COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO “SUR ARGENTINO” LIMITADA (matricula 26931), COOPERATIVA DE TRABAJO “TRANSERVI” LIMITADA (matricula 26973), COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO “LA ROCA” LIMITADA (matricula 26552), COOPERATIVA DE VIVIENDA PARA LOS ASOCIADOS DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DE EDIFICIO DE RENTA Y PROPIEDAD HORIZONTAL LIMITADA (matricula 26676), COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO SOL DE LA PATAGONIA LIMITADA (matricula 26683), COOPERATIVA DE TRABAJO METALURGICA ELECTRICIDAD Y CONSTRUCCIONES CIVILES LIMITADA (matricula 26295), COOPERATIVA DE VIVIENDA RUCA LIMITADA (COVIRUCA) (matricula 26350), COOPERATIVA DE PROVISION COMERCIALIZACION Y DE CONSUMO “RAIHUE PATAGONICO” LIMITADA (matricula 25846), COOPERATIVA DE TRABAJO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR Y CONSUMO ALFA-OMEGA LIMITADA (matricula 25094), COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO “J.J.” LIMITADA (matricula 25153), COOPERATIVA DE SERVICIOS TURISTICOS Y VIVIENDA “SUDAMERICANA” LIMITADA (matricula 25115), COOPERATIVA DE TRABAJO ABRAZO PETROLERO LIMITADA (matricula 24925), COOPERATIVA DE TRABAJO SALSABIL LIMITADA (matricula 24515). COOPERATIVA DE TRABAJO “LA ESPERANZA” LIMITADA (matricula 24538), COOPERATIVA DE TRABAJO “PEÑI HUENEY” LIMITADA (matricula 24642), expediente N° 3609/15 y bajo resolución 2585/2014), que el Directorio de este Organismo ha ordenado, respecto de las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en el respectivo expediente.
Dicho sumario tramitará por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución 3369/09 y su modificatoria Resol. N° 1464/10 Resol. N°403/2013, por hallarse suspendida la autorización para funcionar en tanto que se encuentran comprendidas en la situación prescripta en los artículos 1° y/o 2° de la Resolución 3369/09, por lo expuesto y en atención al estado del presente actuado adécuese a lo dispuesto a la resolución mencionada. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “uf supra” ha sido designado el suscripto como instructor sumariante y en tal carácter se le acuerda a las citadas entidades el plazo de diez (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intente valerse (Art. 1° inc. F ap. 1 y 2 de la Ley 19.549). Admitiendo solo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo estatuido por los Arts. 19 a 22 del Decreto N° 1759/72 Reglamentario de la Ley 19549 (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl. 1759 (T.O. 1991). — Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 07/10/2016 N° 74711/16 v. 12/10/2016
Fecha de publicación 12/10/2016