MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Resolución 408 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2016
VISTO: el Expediente N° CUDAP:EXP-S01:0178487/2016 del Registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, los Decretos Nros. 1.914 de fecha 7 de diciembre de 2010, 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y la Resolución de la entonces Secretaría de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 293 de fecha 30 de noviembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece que el personal podrá acceder al Tramo inmediato superior si acredita el cumplimiento de: a) los requisitos para la promoción al grado inicial de dicho Tramo y b) la certificación de la capacitación, experiencia y competencias laborales mediante el régimen de valoración de méritos que el Estado empleador establezca al efecto, previa consulta a las entidades sindicales en el marco de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).
Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012, se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción de Tramo Escalafonario del Personal comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que en el Título IV del Anexo I de la mencionada Resolución N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012, se regularon las actividades de valoración como condición requerida para la promoción al Tramo Escalafonario respectivo.
Que el artículo 10 del Título IV del Anexo I de la citada Resolución N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012 establece que la actividad de valoración será evaluada por un COMITÉ DE ACREDITACIÓN, el cual estará integrado por UN (1) experto en representación del titular del órgano rector respectivo a la actividad si lo hubiere o, caso contrario, del titular de la jurisdicción de revista del postulante, UN (1) experto en representación del titular de la entonces Secretaría de gabinete y Coordinación Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros y UN (1) experto de reconocida probidad, experiencia y experticia en la materia.
Que por la Resolución de la entonces Secretaría de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 293 de fecha 30 de noviembre de 2015 se designaron los integrantes del COMITÉ DE ACREDITACIÓN en la materia de “GESTIÓN DE LA CALIDAD EN TURISMO” del MINISTERIO DE TURISMO y debido a un cambio de autoridades en la jurisdicción se hace necesario designar dos nuevos integrantes en carácter de experto de reconocida probidad, experiencia y experticia en la materia y en carácter de miembro alterno del mismo, y ratificar los demás integrantes designados en la mencionada Resolución.
Que cabe señalar que por el Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015 se transfirió la SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativas dependientes, con excepción de la SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 23 octies, inciso 11 del Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015.
Por ello,
EL MINISTRO
DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Ratifícase los miembros integrantes del COMITÉ DE ACREDITACIÓN PARA FUNCIONES O PUESTOS COMPRENDIDOS en la materia de “GESTIÓN DE LA CALIDAD EN TURISMO”, designados por Resolución N° 293 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 30 de noviembre de 2015, con excepción de LLAMBRICH, Verónica Silvia, D.N.I. N° 22.505.596, la que se propone sea reemplazada por LUJÁN, Verónica Marcela, D.N.I. N° 21.808.250; y de CAMPETELLI, Verónica Andrea, D.N.I. N° 28.467.699, la que se propone sea reemplazada por GUAITA, María Inés, D.N.I. N° 20.997.482.
ARTÍCULO 2° — Déjase establecido que los miembros designados por la citada Resolución N° 293/SG/15 en representación de la entonces Secretaría de Gabinete y de la ex Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, actuarán en representación del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Y FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL, respectivamente.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — ANDRÉS HORACIO IBARRA, Ministro, Ministerio de Modernización.
e. 19/10/2016 N° 77506/16 v. 19/10/2016
Fecha de publicación 19/10/2016