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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Resolución 239 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2016

VISTO el Expediente S01:0448609/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO ARGENTINO DEL PETROLEO Y DEL GAS (IAPG) ha solicitado el auspicio del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA para el “6º CONGRESO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO DE RESERVAS” que se realizará entre los días 24 y 27 de octubre de 2016 en la Ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de RÍO NEGRO, bajo el lema “Hacia un desarrollo de recursos sustentable”.

Que el referido Congreso organizado por el IAPG tiene por objeto aspectos técnicos relevantes para la industria del petróleo y del gas organiza en nuestro País.

Que el mencionado evento promueve el encuentro de especialistas del segmento de exploración y producción de hidrocarburos a través de presentaciones de trabajos técnicos, mesas redondas y conferencias, donde se abordarán temas de ingeniería de producción, operaciones en yacimientos, geociencia, reservorios convencionales y no convencionales, operaciones en pozos, medio ambiente, comunidades y capacitación.

Que en encuentros de esta naturaleza se presentan los últimos descubrimientos tecnológicos del sector, cuyas mejoras tienen como consecuencia la generación de incrementos en la productividad, redundando en una mayor racionalidad de la explotación y un mejor aprovechamiento de la energía.

Que la presente medida no implica costo fiscal alguno.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso j) del Decreto Nº 101/85 y su modificatorio, Decreto Nº 1517/94.

Por ello,

EL MINISTRO
DE ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase de Interés de este Ministerio el “6º CONGRESO DE PRODUCCION Y DESARROLLO DE RESERVAS”, organizado por el Instituto Argentino del Petróleo y del Gas, que se realizará entre los días 24 y 27 de octubre de 2016 en la ciudad de Bariloche, Provincia de Rio Negro, bajo el lema “Hacia un desarrollo de recursos sustentables”.

ARTÍCULO 2° — La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para el ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — JUAN JOSÉ ARANGUREN, Ministro, Ministerio de Energía y Minería.

e. 21/10/2016 N° 79125/16 v. 21/10/2016

Fecha de publicación 21/10/2016