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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución 367 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2016

VISTO el Expediente Nº S01:0256893/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto Nº 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se complementa con las Resoluciones de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS Nros. 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha 30 de agosto de 2006.

Que oportunamente, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE ABASTECIMIENTO ELÉCTRICO EN LAS DISTINTAS REGIONES DEL PAÍS (UEP-PAEDRP) convocó a Licitación Pública Internacional Nº 01/2013 con el objeto de seleccionar un contratista para la Construcción de la INTERCONEXIÓN LAT DT 132 kV ET LUJÁN - ET PARQUE INDUSTRIAL de la Provincia de SAN LUIS que fue adjudicada a la Empresa ROVELLA CARANZA S.A - SISTELEC INGENIERÍA S.A - OBRAS ANDINAS S.A. (UTE), firmándose el correspondiente contrato el día 16 de enero de 2014.

Que el contrato mencionado anteriormente prevé la redeterminación de precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto Nº 634/2003, las Resoluciones Nros. 948/2005 y 1.205/2006, ambas de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación.

Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto Nº 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3º de la Resolución Nº 948/2005 y por el Artículo 7º de la Resolución Nº 1.205/2006 ambas de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.

Que el contratista ha presentado la correspondiente nota (NPSL1-0483), solicitando la aplicación de la redeterminación según lo establecido en el pliego.

Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la redeterminación de los mismos en las condiciones establecidas por el Decreto Nº 634/2003.

Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto Nº 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.

Que el precio del contrato redeterminado resulta el que se indica en el Cuadro que como Anexo (IF-2016-0620558-APN-DDYME#MEM) forma parte integrante de la presente.

Que mediante Nota Nº UEP - PAEDRP Nº 396 de fecha 9 de junio de 2016 la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP-PAEDRP) manifiesta la existencia de fondos que permiten asegurar el financiamiento de todas las erogaciones derivadas del Contrato.

Que por el Artículo 11 de la Resolución N° 6 de fecha 25 enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se delegó en la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que el Artículo 1° de la Resolución N° 101 de fecha 7 de junio de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, delegó en la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de este Ministerio, el ejercicio de la facultad de redeterminar el canon o precio correspondiente a la ejecución de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión o por Distribución Troncal, en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003 y modificado por el Decreto N° 691 de fecha 17 de mayo de 2016.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Apruébase la tercera redeterminación de precios del Contrato de Construcción de la INTERCONEXIÓN LAT DT 132 kV ET LUJÁN - ET PARQUE INDUSTRIAL en la Provincia de SAN LUIS, suscripto entre la Empresa ROVELLA CARANZA S.A - SISTELEC INGENIERÍA S.A - OBRAS ANDINAS S.A. (UTE), adjudicataria de la Licitación Pública Internacional Nº 01/2013 y la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP-PAEDRP).

ARTÍCULO 2º — Determínase que el monto total del contrato con la tercera redeterminación de precios al mes de junio de 2015 asciende a PESOS CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON CUATRO CENTAVOS ($157.444.264,04), según se detalla en el Cuadro que como Anexo (IF-2016-0620558-APN-DDYME#MEM) forma parte integrante de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado.

ARTÍCULO 3º — La presente resolución, entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALEJANDRO VALERIO SRUOGA, Secretario, Secretaría de Energía Eléctrica, Ministerio de Energía y Minería.

ROVELLA CARANZA S.A - SISTELEC INGENIERÍA S.A. - OBRAS ANDINAS S.A. (UTE)
3ª REDETERMINACIÓN DEL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN
(Los valores que se indican son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)
ROVELLA CARANZA S.A - SISTELEC INGENIERÍA S.A. - OBRAS ANDINAS S.A. (UTE)


Monto del Contrato a valor oferta
(octubre 2013)
$ 122.221.498,96
Monto del Contrato
1ª Redeterminación de Precios
(a mayo 2014)
Expte. N° S01:0126235/2015
$ 140.124.461,32
Monto del Contrato
2ª Redeterminación de Precios
(a noviembre 2014)
Expte. N° 0126235/2015
$ 149.094.651,11
Monto del Contrato
3ª Redeterminación de Precios
(a junio 2015)
$ 157.444.264,04


IF-2016-00620558-APN-DDYME#MEM

e. 24/10/2016 N° 78873/16 v. 24/10/2016

Fecha de publicación 24/10/2016