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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

Decisión Administrativa 1190/2016

Desígnase Directora General de Producción Cartográfica.

Buenos Aires, 26/10/2016

VISTO el Expediente N° GG 160620/5 del Registro del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL, la Ley Nº 27.198 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el Decreto Nº 2101 de fecha 6 de octubre de 2015, el Decreto Nº 227 de fecha 20 de enero de 2016, y la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS Nº 2 y Nº 29 del 11 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el segundo párrafo de la norma invocada en el Considerando que antecede quedan exceptuados los cargos correspondientes a entidades cuyas estructuras organizativas hayan sido aprobadas durante los años 2014 y 2015.

Que por el Decreto Nº 2101/15 se aprobó la estructura correspondiente al primer nivel operativo del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que por la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS Nº 2/16 y Nº 29/16, se incorporaron al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL tal como surge de la planilla Anexa al artículo 1° que forma parte integrante de la norma invocada.

Que por el Decreto N° 227/16 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en la órbita del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL se encuentra vacante el cargo Nivel A con Función Ejecutiva Nivel I Director General de Producción Cartográfica que en virtud de la responsabilidad primaria y acciones que tiene asignadas, hace necesario proceder a su cobertura.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA y el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase con carácter transitorio a partir del 1° de abril de 2016, y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida, a la Licenciada Claudia Graciela TAMAYO (D.N.I. N° 18.122.274) en el cargo de Directora General de Producción Cartográfica, Nivel A, Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios y complementarios, dependiente de la PRESIDENCIA del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I, de conformidad con lo dispuesto en el precitado Convenio. La presente designación transitoria se efectúa con autorización excepcional al cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del citado Sistema.

ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08 sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Entidad 450 – INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Julio C. Martínez.

Fecha de publicación 27/10/2016