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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 7378 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2016

VISTO el Expediente Nº 2870/2015 del Registro de la ex COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, la Ley N° 19.549 y su Decreto Reglamentario N° 1.759/72, t.o. 1.991, la Resolución N° 6.831/16 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado tramita la solicitud de Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y el registro de los Servicio de Valor Agregado-Acceso a Internet y Transmisión de Datos realizada por el Señor ORTLIEB JAN ALBERT (CUIT 20-92553227-5).

Que dictada la Resolución N° 2.483 de fecha 16 de mayo de 2016, que aprobó el Anexo que estableció los principios que rigen el alta, baja o modificación del Registro de Servicios TIC-Servicio de Valor Agregado-Acceso a Internet, el señor ORTLIEB JAN ALBERT (CUIT 20-92553227-5) solicita su inscripción en el mismo, la cual fue otorgada por la Resolución N° 6.831/16 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 23 de septiembre de 2016, conforme fuera acordado por el Directorio mediante la suscripción del Acta Nº 10 de fecha 18 de agosto de 2016.

Que se ha detectado la comisión de un error material en la mención que se hace del CUIT en el articulado de la citada resolución, correspondiendo su rectificación conforme lo previsto en el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Ley N° 19.549 según el artículo 101 del Decreto N° 1.759/72, texto ordenado por Decreto N° 1.883/91.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/15 y las facultades delegadas por el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y en los términos del artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72, texto ordenado por Decreto N° 1.883/91.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — RECTIFÍCASE la Resolución N° 6.831/16 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES reemplazando en el Artículo 1°, donde dice “(CUIT 20-92553227)” por (CUIT 20-92553227-5)”.

ARTÍCULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones, Ministerio de Comunicaciones.

e. 27/10/2016 N° 80207/16 v. 27/10/2016

Fecha de publicación 27/10/2016