JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 1232/2016
Designación.
Buenos Aires, 31/10/2016
VISTO el Expediente EX-2016-00036232 -APN-DDYME#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, aprobado por la Ley Nº 27.198, los Decretos 151 del 17 de diciembre de 2015 y 227 del 20 de enero de 2016, la Decisión Administrativa Nº 556 del 31 de mayo de 2016 y lo solicitado por la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATEGICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 151 del 17 de diciembre de 2015, se aprobó la conformación organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y se creó la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 556 del 31 de mayo de 2016, se creó, con dependencia directa de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el cargo extraescalafonario de JEFE DE GABINETE DE ASESORES, con una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que el artículo 7º de la mencionada ley estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016 se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que se encuentra vacante y financiado el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de Asesores de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, cuya cobertura se impone con cierta inmediatez, frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.
Que la cobertura del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7º de la Ley Nº 27.198 y el 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º — Desígnase, a partir del 1° de junio de 2016, al Dr. Eduardo BOCCARDO (D.N.I. Nº 23.204.838), en el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de Asesores, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27.198.
ARTÍCULO 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.
Fecha de publicación 01/11/2016