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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y PRODUCTIVOS

Disposición 35 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2016

VISTO el Expediente N° S01:0137440/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y la Disposición N° 72 de fecha 22 de agosto de 2016 de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, generada por la Plataforma Electrónica GDE como DI-2016-72-E-APN-SSI#MP, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Disposición N° 72 de fecha 22 de agosto de 2016 de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, generada por la Plataforma Electrónica GDE como DI-2016-72-E-APN-SSI#MP, se reinscribió a la empresa EMM S.A. (C.U.I.T. N° 30-69841354-5) en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos de la Ley N° 25.922 y su modificatoria N° 26.692, creado por el Artículo 2° del Decreto N° 1.315 de fecha 9 de septiembre de 2013.

Que, conforme surge del Informe Técnico Complementario de fojas 205/206 del expediente cabeza, se ha detectado la existencia de un error involuntario en el apartado “Bases de cálculo del Beneficio” del Informe Técnico de fojas 172/181 y en consecuencia en el Artículo 10 de la disposición citada precedentemente, consistente en el porcentaje otorgado por la Autoridad de Aplicación, conforme lo dispuesto por el Artículo 8° de la Ley N° 25.922, sustituido por el Artículo 5° de la Ley N° 26.692, para la generación del bono de crédito fiscal del SETENTA POR CIENTO (70%) sobre las contribuciones patronales a las que se refieren las Leyes Nros. 19.032, 24.013 y 24.241 efectivamente abonadas por la empresa.

Que, por tal motivo, por la presente medida corresponde rectificar el error material incurrido en el referido Artículo 10, conforme lo dispuesto por el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.

Que mediante el Decreto N° 1.050 de fecha 29 de septiembre de 2016, se estableció que el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos de las Leyes Nros. 25.922 y 26.692, creado por el Artículo 2° del Decreto N° 1.315/13, funcionará en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y PRODUCTIVOS dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.050/16 y la Resolución N° 5 de fecha 31 de enero de 2014 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y su modificatoria.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO
DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y PRODUCTIVOS
DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Rectifícase el error material incurrido en el Artículo 10 de la Disposición N° 72 de fecha 22 de agosto de 2016 de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, generada por la Plataforma Electrónica GDE como DI-2016-72-E-APN-SSI#MP, sustituyendo el mismo por el siguiente: “ARTÍCULO 10.- Establécese que el bono de crédito fiscal previsto en el Artículo 8° de la Ley N° 25.922, sustituido por el Artículo 5° de la Ley N° 26.692, será equivalente al SETENTA POR CIENTO (70%) aplicado sobre el NOVENTA Y SIETE COMA SESENTA Y SEIS POR CIENTO (97,66%) de las contribuciones patronales a las que se refieren las Leyes Nros. 19.032, 24.013 y 24.241, efectivamente abonadas por la empresa EMM S.A. Asimismo la empresa podrá utilizar hasta el CERO COMA CUARENTA Y SIETE POR CIENTO (0,47%) del bono de crédito fiscal para la cancelación del Impuesto a las Ganancias”.

ARTÍCULO 2° — La presente disposición entrará en vigencia a partir del día 25 de agosto de 2016.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — CARLOS GABRIEL PALLOTTI, Subsecretario, Subsecretaría de Servicios Tecnológicos y Productivos, Ministerio de Producción.

e. 02/11/2016 N° 82080/16 v. 02/11/2016

Fecha de publicación 02/11/2016