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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 544/2016

Asunto: Designación de Representante del Fisco Nacional (AFIP) para actuar en cuestiones ajenas a la materia impositiva, aduanera o previsional en las causas en las que la Administración Federal de Ingresos Públicos sea parte.

Buenos Aires, 31/10/2016

VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N° 13595-215-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO el Departamento Gestión, Asesoramiento y Coordinación Judicial de la Dirección de Asuntos Legales Administrativos, en atención a necesidades funcionales, solicita designar una nueva representante del FISCO NACIONAL para intervenir en todo planteo jurídico relacionado con juicios ajenos a la materia impositiva, aduanera o previsional, en los que la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS sea parte, en dicha jurisdicción.

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha prestado su conformidad.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997 y por la Disposición N° 254 (AFIP) del 22 de julio de 2016, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Desígnese a la abogada Cinthia Elizabeth GIOVANNIELLO (D.N.I. N° 25.658.589 - Legajo N° 39.803/54), quien se desempeña en el Departamento Gestión, Asesoramiento y Coordinación Judicial, dependiente de la Dirección de Asuntos Legales Administrativos, para que en representación y defensa del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS), intervenga en todo planteo jurídico relacionado con juicios ajenos a la materia impositiva, aduanera o previsional en los que el Organismo sea parte en calidad de actor o demandado o en cualquier otro carácter, para que se presente con escritos, escrituras, testigos, documentos y toda clase de pruebas, produzca las informaciones a que hubiere lugar, formule denuncias, solicite informes, interponga en tiempo y forma en todos los grados e instancias los recursos de apelación, nulidad, inconstitucionalidad y otros que las leyes permitan, tache y recuse, ponga y absuelva posiciones, proponga toda clase de peritos, pida embargos preventivos y definitivos, pida inhibiciones y sus levantamientos, pida indemnizaciones por daños y perjuicios, y cuantos más actos, gestiones y diligencias procesales se requieran para el mejor cumplimiento de la representación otorgada.

ARTÍCULO 2° — La representante designada no podrá allanarse, desistir total o parcialmente, transar, percibir, renunciar o efectuar remisión o quita de derechos, salvo autorización expresa y por escrito de la Administración Federal.

ARTÍCULO 3° — Sin perjuicio de las facultades de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos para certificar la personería, ésta también podrá certificarse por el Director de la Dirección de Asuntos Legales Administrativos y/o el Jefe del Departamento Gestión, Asesoramiento y Coordinación Judicial.

ARTÍCULO 4° — La representación judicial que se atribuye en esta Disposición no revoca la personería de los funcionarios anteriormente designados para actuar como representantes del FISCO NACIONAL en la expresada jurisdicción.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos.

e. 03/11/2016 N° 82209/16 v. 03/11/2016

Fecha de publicación 03/11/2016