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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 709 - E/2016

Buenos Aires, 19/09/2016

VISTO el Expediente Nº 1.722.720/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 luce un acuerdo celebrado por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES VIALES por la parte sindical y el CONSEJO VIAL FEDERAL por la parte empresaria, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 572/09 conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el acuerdo establece el incremento de los básicos salariales con vigencia desde junio de 2016 en los términos allí dispuestos.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos y ratificaron su contenido.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y las entidades sindicales signatarias, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que posteriormente corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a su competencia, determine si resulta pertinente elaborar el Proyecto base Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1974) y sus modificaciones.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES VIALES por la parte sindical, y el CONSEJO VIAL FEDERAL por la parte empresaria, que luce a fojas 2 del Expediente N° 1.722.720/16.

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la Subsecretaría de Coordinación. Cumplido pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.722.720/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a su competencia, determine si resulta pertinente elaborar el Proyecto base Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1974) y sus modificaciones.- Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo junto al Convenio Colectivo de Trabajo N° 572/09.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales.

Expediente N° 1.722.720/16
Buenos Aires, 27 de septiembre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 709/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1130/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA NACIONAL
FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES VIALES (F.A.T.VIAL) - CONSEJO VIAL FEDERAL (C.V.F.)
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 31 días del mes de Mayo del año dos mil dieciséis, siendo las 11:00 horas, se reúnen en la sede del CONSEJO VIAL FEDERAL con domicilio en Av. Julio A. Roca 738 - 9° piso de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte en representación de F.A.T.VIAL, con domicilio en Av. de Mayo 1437 - 2° piso “D” de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Carlos Roberto Beltrán en su carácter de Secretario General, el Sr. Ariel Landra en su carácter de Secretario Gremial, el Sr. Daniel Pedrozo en su carácter de Secretario de Hacienda, el Sr. Sergio Berrondo en su carácter de Secretario de Deportes, y el Sr. Ricardo Peña en su carácter de Secretario de Administrativo; acreditando tal condición mediante copia de certificación de autoridades emitidas por el M.T.E. y S.S. de la Nación y, por la otra, en representación del CONSEJO VIAL FEDERAL, lo hacen su Presidente Ing. Hugo Naranjo, su Vicepresidente 1° Dr. Osvaldo Mairal, su Vicepresidente 2° Ing. Leonardo Stelatto, su Vocal 1° Ing. Juan Eder y su Vocal 2° Ing. Mariano Campos, con la asistencia del Asesor Letrado del C.V.F., Dr. Javier Matías D’Angelo.
Luego de analizar sobre la situación salarial de los trabajadores viales comprendidos por el C.C.T. N° 572/09, la representación gremial manifiesta la necesidad de lograr una recomposición salarial, teniendo en cuenta el exiguo monto vigente del salario básico, proponiendo que sea del 35% a partir del 01/03/2016, quedando el valor del Salario Básico Profesional de la Clase I del Escalafón Vial en Pesos Mil Doscientos Ochenta y Uno con 59/100 ($ 1.281,59), mientras que el Salario Mínimo, Vital y Móvil fue establecido por el Consejo Nacional del Salario, en la suma de Pesos Seis mil sesenta ($ 6.060,00), cabe destacar que la pretensión de FAT.VIAL ($ 1.281,59), representa el 21.17 % del Salario Mínimo Vital y Móvil, vigente a la fecha.
Que el Consejo Vial Federal, desde el inicio de las negociación salarial en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 572/09, se ajusta estrictamente a la pauta salarial acordada a nivel nacional para el sector público, destacando que con fecha 18/05/2016 el Gobierno Nacional estableció la Pauta Salarial para el año 2016 de la siguiente manera un incremento del 7% a partir del mes de junio, 10 % a partir de julio y un 14% a partir de agosto, sumando un total un 31%, con carácter no acumulativo.
Luego de expresar los fundamentos cada una de las partes acuerdan aplicar la pauta salarial determinando un incremente del 31,00%, aplicado de la siguiente manera: el 7 % a partir del 01/06/2016 quedando el básico de la Clase I del Escalafón Vial en Pesos Un mil quince con 78/100 ($ 1015,78), y del 10% a partir del 01/07/2016 quedando el básico de la Clase I del Escalafón Vial en Pesos Un mil ciento diez con 71/100 ($ 1110,71), y del 14% a partir del 01/08/2016 quedando el básico de la Clase I del Escalafón Vial en Pesos Un mil doscientos cuarenta y tres con 61/100 ($ 1243,62).
Siendo las 12:30 horas del día 31 del mes de Mayo del año dos mil dieciséis, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y con este único efecto.

Fecha de publicación 03/11/2016