Edición del
3 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 1251/2016

Prorróganse designaciones.

Buenos Aires, 03/11/2016

VISTO el Expediente N° 1-2095-S01:0001030/2012 del registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS de MINISTERIO DE SALUD y los Decretos Nros. 1628 del 23 de diciembre de 1996, 1133 del 25 de agosto de 2009, 2207 del 18 de diciembre de 2013, 1737 del 26 de agosto de 2015, 227 del 20 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2207/13 se designó transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 18 de diciembre de 2013, en la Función Directiva de Jefe del DEPARTAMENTO DE DIAGNÓSTICO a la Bioquímica Karenina SCOLLO (D.N.l. N° 25.579.170), en la Categoría Principal, autorizándose el pago del Suplemento por Función de Jefatura de Departamento Nivel V del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto N° 1133/09 con carácter de excepción por no reunir los requisitos exigidos por el artículo 24 del citado Convenio; en la Función de Jefatura Profesional de Jefe del SERVICIO DE CULTIVOS al Lic. Rubén Mariano BENEDETTI (D.N.I. N° 13.411.425), en la Categoría Adjunto: y en la Función de Jefatura Profesional de Jefe del SERVICIO DE ATENCIÓN CLÍNICA a la Dra. Nilda Graciela PRADO (D.N.I. N° 11.630.931), en la Categoría Adjunto, autorizándose en los dos últimos casos el pago del Suplemento por Función de Jefatura de Servicio Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto N° 1133/09, con carácter de excepción por no reunir los requisitos exigidos por el artículo 22 del citado Convenio, todas ellas del INSTITUTO NACIONAL DE PARASITOLOGÍA “DR. MARIO FATALA CHABÉN”, dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.

Que dichas designaciones transitorias preveían asimismo que los cargos involucrados debían ser cubiertos conforme con los requisitos y sistemas de selección vigentes previstos respectivamente en el Título III, Capítulo I, artículos 36 y 37, Capítulo II, artículos 38 y 39 y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N° 1133/09, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° del decreto citado en el primer considerando.

Que, con posterioridad, se prorrogaron las designaciones de los funcionarios nombrados, mediante el Decreto N° 1737/15.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza de los cargos involucrados y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tienen asignadas las jefaturas mencionadas en el primer considerando, resulta oportuno y conveniente disponer una nueva prórroga de las designaciones transitorias de los funcionarios mencionados, en las mismas condiciones establecidas en el acto de designación mencionado.

Que los profesionales citados se encuentran actualmente desempeñando los cargos referidos y se encuentran acreditadas en autos las certificaciones de servicios correspondientes.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno, habiéndose acreditado la disponibilidad presupuestaria correspondiente con cargo al presupuesto del organismo proponente.

Que el servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente del Organismo descentralizado precedentemente citado y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 1° del Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Prorróganse a partir del 24 de junio de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, las designaciones transitorias dispuestas por el Decreto N° 2207/13 y prorrogadas por su similar N° 1737/15, en la Función Directiva de Jefe de DEPARTAMENTO DE DIAGNÓSTICO a la Bioquímica Karenina SCOLLO (D.N.I. N° 25.579.170), en la Categoría Principal autorizándose el pago del Suplemento por Función de Jefatura de Departamento Nivel V del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto N° 1133/09, con carácter de excepción por no reunir los requisitos exigidos por el artículo 24 del citado Convenio; en la Función de Jefatura Profesional de Jefe del SERVICIO DE CULTIVOS al Licenciado Rubén Mariano BENEDETTI (D.N.I. N° 13.411.425), en la Categoría Adjunto y en la Función de Jefatura Profesional de Jefe del SERVICIO DE ATENCIÓN CLÍNICA a la Doctora Nilda Graciela PRADO (D.N.I. N° 11.630.931), en la Categoría Adjunto, autorizándose en estos (DOS) 2 últimos casos el pago del Suplemento por Función de Jefatura de Servicio de Nivel 1 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto N° 1133/09, con carácter de excepción por no reunir los requisitos exigidos por el artículo 22 del citado Convenio, todas ellas del INSTITUTO NACIONAL DE PARASITOLOGÍA “DR. MARIO FATALA CHABÉN”, dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 2° — Las funciones involucradas deberán ser cubiertas conforme con los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido en el Título III, Capítulo I, artículos 36 y 37, Capítulo II, artículos 38 y 39 y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto N° 1133/09, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del dictado de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Organismo Descentralizado 906 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS) dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO de SALUD.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.

Fecha de publicación 04/11/2016