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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 469 - E/2016

Buenos Aires, 15/09/2016

VISTO el Expediente N° 1.726.330/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/10 del Expediente N° 1.726.330/16 obra el acuerdo celebrado por el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, Seccional Venado Tuerto, por la parte sindical y la empresa T C SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, ratificado a fojas 36 por el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado acuerdo las partes convienen condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1304/13 “E”, conforme los términos y condiciones allí establecidos.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo, se proceda a evaluar la procedencia de efectuar, por intermedio de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, el pertinente proyecto de base promedio y tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescripto en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado por el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical y la empresa T. C. SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, obrante a fojas 3/10 del Expediente N° 1.726.330/16 conjuntamente con las actas de ratificación obrantes a fojas 36 y 37, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 3/10 del Expediente N° 1.726.330/16 conjuntamente con las actas de ratificación obrantes a fojas 36 y 37.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente conjuntamente al CCT N° 1304/13 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado, de las actas de ratificación y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaría de Trabajo.

Expediente N° 1.726.330/16
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 469/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/10, 36 y 37 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1124/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Convenio Colectivo de Trabajo - S.M.A.T.A. - T.C. S.A.
ACTA NOMINACIÓN PARITARIOS ANTE EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO - DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES C.C.T. N° 1304/13 “E” - S.M.A.T.A. - T.C. S.A.
POR T.C. S.A.:


Categoría
Al 31/03/2016Desde el 01/04/2016Desde el 01/07/2016Desde el 01/10/2016
Mecánico Auxilio Especial “A”, Mecánico Taller Especial “A”, Administrativo Senior y Coordinador, Receptor/Distribuidor de Servicios$ 1145.-$ 1317.-$ 1409.-$ 1508.-
Mecánico Auxilio Especial Mecánico Taller Especial, Administrativo “A” y Recepción de Servicios$ 913.-$ 1050.-$ 1124.-$ 1203.-
Mecánico Auxilio Inicial, Mecánico Taller Inicial, y Administrativo Inicial$ 688.-$ 791.-$ 846.-$ 905.-


a) Camillas Vía Pública:
CAMILLAS VÍA PÚBLICA


Cantidad de servicios
Al 31/03/2016Desde el 01/04/2016Desde el 01/07/2016Desde el 01/10/2016
Hasta 100 servicios$ 4,66.- c/una. ($ 466.- garantizados)$ 5,36.- c/una ($ 536.- garantizados)$ 5,74.-c/una ($ 574.- garantizados)$ 6,14.- c/una ($ 614.- garantizados)
De 101 a 120 servicios$ 5,67.- c/una$ 6,52.- c/una$ 6,98.- c/una$ 7,47.- c/una
De 121 a 140 servicios$ 7,56.- c/una$ 8,69.- c/una$ 9,30.- c/una$ 9,95.- c/una
De 141 servicios en adelante$ 9,40.- c/una$ 10,81.- c/una$ 11,57.- c/una$ 12,38.- c/una


b) Camillas Autopistas/Autovías:
CAMILLAS AUTOPISTAS/AUTOVÍAS


Cantidad de servicios
Al 31/03/2016Desde el 01/04/2016Desde el 01/07/2016Desde el 01/10/2016
Hasta 100 servicios$ 2,84.- c/una ($ 284.- garantizados)$ 3,27.- c/una ($ 327.- garantizados)$ 3,50.- c/una ($ 350.- garantizados)$ 3,75.- c/una ($ 271.- garantizados)
De 101 servicios en adelante$ 2,84.- c/una$ 3,27.- c/una$ 3,50.- c/una$ 3,75.- c/una


c) Repuesteras
REPUESTERAS


Cantidad de servicios
Al 31/03/2016Desde el 01/04/2016Desde el 01/07/2016Desde el 01/10/2016
Hasta 100 servicios$ 2,84.- c/una ($ 284.- garantizados)$ 3,27.- c/una ($ 327.- garantizados)$ 3,50.- c/una ($ 350.- garantizados)$ 3,75.- c/una ($ 375.- garantizados)
De 101 servicios en adelante$ 2,84.- c/una$ 3,27 c/una.-$ 3,50.- c/una$ 3,75.- c/una


3) ARTÍCULO 30:
Se reconocerá el mismo porcentaje de aumento, y en las mismas condiciones que el otorgado en el Artículo 28, a todos los ítems remunerativos del Artículo 30, según queda estipulado en el Anexo II, adjunto al presente.
El Sindicato propone que lo detallado en los puntos precedentes y descripto en las planillas Anexo I; y Anexo II tengan desde el 1° de Abril de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016 inclusive, excepto que se produzcan graves distorsiones o circunstancias de carácter excepcional en el curso de la economía nacional o regional. En dicho caso, las partes se autoconvocarán en forma inmediata a fin de analizar los hechos y obtener soluciones prácticas que mantengan el poder adquisitivo del asalariado y la paz social.
La Empresa expresa que, reconociendo la petición sindical, acepta y otorga a partir del 1ro. de Abril de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, los aumentos descriptos en los puntos 1); 2) y 3), a todos los empleados amparados por el C.C.T. 1304/13 “E” (Artículos 28; 29 y 30) de aplicación a los trabajadores de esta Empresa, según el concepto y en los términos estipulados en la presente petición.
No siendo para más, a las 14 Hs. del día 11 de Abril de 2016 se da por finalizada la reunión, firmando los comparecientes 4 ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto, de conformidad, previa lectura, entendimiento y ratificación de cada una de las partes, y elevando esta para su Homologación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Departamento de Relaciones Laborales.
De plena conformidad: Empresa: T.C. S.A. - Sindicato: S.M.A.T.A.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO N° 1304/13 “E”
S.M.A.T.A. - T.C. S.A.

ANEXO I - Artículo 28
Vigencia 01 de Abril de 2016 al 31 de Diciembre de 2016

Básico al 31/03/2016Básico al 01/04/2016Básico al 01/07/2016Básico al 01/10/2016
CATEGORÍA AUXILIO MECÁNICO:
Mecánico Auxilio Especial “A”14086,21.-16199,14.-17333,08.-18546,40.-
Mecánico Auxilio Especial13193,28.-15172,27.-16234,33.-17370,73.-
Mecánico Auxilio Inicial10614,21.-12206,34.-13060,79.-13975,04.-
CATEGORÍA MECÁNICO TALLER:
Mecánico Taller Especial “A”13590,14.-15628,66.-16722,67.-17893,25.-
Mecánico Taller Especial13193,28.-15172,27.-16234,33.-17370,73.-
Mecánico Taller Inicial10614,21.-12206,34.-13060,79.-13975,04.-
CATEGORIA ADMINISTRATIVO:
Administrativo Senior14083,64.-16196,19.-17329,92.-18543,01.-
Administrativo “A”13094,11.-15058,23.-16112,30.-17240,16.-
Administrativo “B” Inicial11110,10.-12776,62.-13670,98.-14627,95.-
Coordinador, Receptor y Distribuidor de Servicios13094,11.-15058,23.-16112,30.-17240,16.-
Recepción de Servicio11610,39.-13351,95.-14286,58.-15286,65.-
CATEGORÍA MAESTRANZA:
Maestranza “A” - Serenos12102,12.-13917,44.-14891,66.-15934,07.-
Maestranza “B” - Cadetes10614,21.-12206,34.-13060,79.-13975,04.-

ANEXO II
C.C.T. N° 1304/13 “E” SMATA - T.C. S.A.
Artículo 30: PRESENTISMO Y ASIDUIDAD
Todo trabajador percibirá en carácter de Asignación Remuneratoria por Presentismo y Asiduidad, los montos que a continuación se detallan según la categoría que gocen al momento de su efectivo pago:
PRESENTISMO Y ASIDUIDAD


Categoría
Al 31/03/2016Desde el 01/04/2016 al 30/06/2016Desde el 01/07/2016 al 30/09/2016Desde el 01/10/2016 al 31/12/2016
Mecánico Auxilio Especial “A”, Auxilio Especial y Auxilio Inicial; Mecánico Taller Especial “A”, Taller Especial y Taller Inicial; Administrativo Senior, “A” e Inicial; Coordinador Receptor/Distribuidor de Servicios y Recepción de Servicios.$ 1260.-$ 1449.-$ 1550.-$ 1659.-
Maestranza “A” y “B”$ 1028.-$ 1182.-$ 1265.-$ 1354.-


Expediente N° 1726330/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días del mes de julio de 2016, siendo las 13:00 horas, comparecen espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires: el Sr. Javier DITTO (DNI 23.768.372), Subsecretario de Leyes, el Sr. Luís Ramón CUICCHI (DNI: 13.498.499), en calidad de Secretario General de la seccional de Venado Tuerto, el Sr. Marcelo Claudio BAUDINO (DNI: 17.075.394), en calidad de Secretario Gremial de la seccional de Venado Tuerto, y el Sr. Fabián Mauricio LOPEZ (DNI: 18.001.731), en calidad de Delegado de Personal, con el patrocinio letrado del el Dr. Gustavo MIGNOGNA (DNI 27.536.372); y en representación de T.C. S.A., constituyendo domicilio en Marcos Ciani 3236, Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe: el Sr. Juan Alberto MONTAÑEZ (DNI: 06.131.981), en calidad de Presidente.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista a las partes de todo lo actuado, y cedida la palabra a los comparecientes, en forma conjunta y de común acuerdo, manifiestan que: acompañan y ratifican íntegramente el acuerdo de partes arribado en forma directa el día 11 de abril de 2016 y acreditado a fojas 3/10 del expediente de referencia, del que reconocen como propias las firmas allí insertas, y manifiestan su solicitud de homologación. El mismo se realiza en el marco del CCT 1304/13 “E” y alcanza a aproximadamente 95 trabajadores.
Acto seguido, la funcionaria actuante COMUNICA a la representación sindical que en el plazo de DIEZ (10) días, deberá ser ratificado por el Secretario General, Adjunto y/o Gremial. Cumplido ello, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250. En este estado y no siendo para más, a las 13:30 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente N° 1726330/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 19 días del mes de julio de 2016, siendo las 11:30 horas, comparece espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Ricardo DE SIMONE (DNI 11.460.260), Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra al compareciente manifiesta que: toma conocimiento y ratifica íntegramente el acuerdo de partes celebrado el día 11 de abril de 2016 con la Empresa T.C. S.A. en el marco del CCT 1304/13 “E” y acreditado a fojas 3/10 del expediente de referencia, solicitando su homologación. Asimismo, declara bajo juramento que dan cumplimiento a lo previsto en el artículo 1° de la Ley N° 26.574 (cupo femenino).
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA que las actuaciones serán elevadas a la Superioridad, quedando el acuerdo sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250. En este estado y no siendo para más, a las 11:35 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí que CERTIFICO.

Fecha de publicación 04/11/2016