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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 470/2016

Buenos Aires, 08/11/2016

VISTO el Expediente N° 49956/2016 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente del VISTO, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL AZUCAR DEL INGENIO SAN MARTIN (RNOS N° 1-0230-0) solicita se registre la reforma introducida al artículo 6° de su Estatuto, en lo que respecta a la fecha de cierre del ejercicio económico financiero.

Que al efecto, la entidad acompaña copia certificada de las actas de fecha 12 de agosto de 2011 y 20 de septiembre de 2016, mediante las cuales el Consejo Directivo de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL AZUCAR DEL INGENIO SAN MARTIN instrumenta y aprueba la citada reforma.

Que da cumplimiento con la documentación requerida y acompaña ejemplares del texto ordenando, suscriptos en cada una de sus fojas por el titular de la Obra Social.

Que la Gerencia de Control Económico Financiero toma la intervención de su competencia, no formulando objeciones a la reforma solicitada por la Obra Social.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia sin formular observaciones a lo solicitado, señalando que el procedimiento de reforma de Estatuto se ajusta a lo dispuesto en el hasta ahora Estatuto vigente y conforme los términos de las citadas actas y Certificado de Autoridades obrantes en autos.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de Diciembre de 1996, N° 2710 de fecha 28 de Diciembre de 2012 y N° 100 de fecha 16 de Diciembre de 2015.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — REGÍSTRESE la reforma introducida al artículo 6° del Estatuto de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL AZUCAR DEL INGENIO SAN MARTIN (RNOS N° 1-0230-0), conforme texto ordenado obrante a fs. 8/15 del Expediente N° 49956/2016-SSSALUD.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga, para constancia en el legajo del Agente del Seguro de Salud y oportunamente, archívese. — Cdor. SANDRO TARICCO, Gerente General, Superintendencia de Servicios de Salud, P/A S/Resol. Nº 147/2016 SSS.

e. 10/11/2016 N° 84812/16 v. 10/11/2016

Fecha de publicación 10/11/2016