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29 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES AUTOCONVOCADOS DE LA SALUD DE TUCUMÁN (SITAS-TUCUMÁN), APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T.E. Y S.S. N° 1330/15.

ARTÍCULO 1° — Denominación y carácter. A los once días del mes de junio del año dos mil diez, queda constituido el SINDICATO DE TRABAJADORES AUTOCONVOCADOS DE LA SALUD DE TUCUMÁN (SITAS-TUCUMÁN), como entidad de primer grado de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

ARTÍCULO 2° — Domicilio. Se establece como domicilio legal de la asociación el situado en la ciudad de San Miguel de Tucumán, calle 9 de julio 536, primer piso oficina J, Provincia de Tucumán.

ARTÍCULO 3° — Ámbito personal. La entidad extiende su representación a los trabajadores de la salud que prestan servicios en relación de dependencia en Hospitales, Salas de Primeros Auxilios, Servicios de Emergencia, centros de atención primaria y otros centros de atención, dependientes del sistema provincial de salud. Incluye además a todos los trabajadores que bajo relación de dependencia realicen tareas dentro del ámbito del sistema provincial de salud con otras modalidades de contratación, con excepción de los profesionales que presten servicio en relación de dependencia en el sector privado. Y además extiende su representación a los trabajadores de la salud estatales, sean del ámbito provincial, nacional municipal y comunal.

ARTÍCULO 4° — Ámbito territorial: La entidad desarrollará su acción en todo el territorio de la Provincia de Tucumán.

ARTÍCULO 50. — Objeto. Constituyen el objeto de esta asociación la defensa y el mejoramiento de los intereses de sus miembros, procurando el mejoramiento de su calidad de vida, removiendo los obstáculos que dificulten su plena realización. A tales efectos, su actuación propenderá a los siguientes fines: a) Lograr el mejoramiento de las condiciones de trabajo en los diferentes hospitales públicos y unidades de atención primaria, b) Proponer una reforma estructural del sistema de salud en la Provincia para eficientizar los recursos humanos a través de su perfeccionamiento permanente, c) Crear una red de comunicación permanente con las autoridades locales y nacionales, d) Proponer políticas públicas destinadas a promover la prevención de las enfermedades y la concientización sanitaria en la comunidad, que garanticen a la salud como derecho humano inalienable, propendiendo a la universalidad, gratuidad e integralidad del sistema público de salud, e) Fomentar la solidaridad entre los asociados y con los trabajadores de la salud de otras provincias, f) Facilitar el desempeño profesional en su área de influencia, proveer debido reconocimiento de la dignidad del trabajo en la misma, g) Armonizar las relaciones de los trabajadores entre sí, y con las autoridades nacionales, provinciales y municipales, especialmente en todo aquello que haga a la reglamentación del trabajo, a la promoción de la salud pública y al establecimiento de sistemas universales de atención de la salud, h) Representar a los afiliados, a la entidad y sus componentes en toda cuestión sea individual o colectiva, de carácter gremial, laboral o social ante los organismos públicos o privados, con acatamiento a las normas vigentes, i) Peticionar a las autoridades nacionales, provinciales, municipales o cualquier organismo nacional o internacional, en beneficio de la entidad, j) Vigilar las condiciones de in trabajo, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad e impulsar su mejoramiento y la legislación en general, k) Fomentar la actividad gremial, el interés y la participación de los trabajadores de la salud, l) Realizar actividades culturales, sociales, incentivar la educación, crear espacios de estudio y capacitación para todos los afiliados, m) Crear colonias, campamentos, campos de deportes, sitios vacacionales y de esparcimiento que promuevan y permitan el acceso de los afiliados al turismo, la recreación y las actividades sociales y deportivas.

ARTÍCULO 34. — integración y periodo: La dirección y administración serán ejercidas por la Comisión Directiva compuesta por (22) veintidós miembros (12) miembros titulares que desempeñarán los siguientes cargos: Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario Gremial, Secretario de Asuntos Laborales y Salud Laboral, Secretario Tesorero de Finanzas y Administración, Secretario de Actas, Secretario de Prensa y Difusión, Secretario de Acción Social, Secretario de Derechos Humanos y Género, Secretario de Capacitación, Secretario de Relaciones Nacionales e Internacionales, Secretario de Asuntos Legales y diez (10) vocales titulares. Habrá además cuatro (4) Vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia fallecimiento o separación del cargo de los titulares. El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará tres (3) años y sin reelección por un período.

Lic. JORGE A. FARIAS CANTELORO, Jefe Administrativo del Departamento Estructura Sindical.

Fecha de publicación 10/11/2016